viernes, 30 de enero de 2009

PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA A LA COLEGILADORA PARA QUE EN EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2009


Quienes suscriben, José Luis García Zalvidea, Rubén Fernando Velázquez López, Rosalinda López Hernández, Antonio Mejía Haro, Lázaro Mazón Alonso, Claudia Sofía Corichi García, Héctor Miguel Bautista López y Salomón Jara Cruz, Senadores de la República a la LX Legislatura, con fundamento en el artículo 67, numeral 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esa Honorable Asamblea, la siguiente Proposición con Punto de Acuerdo por el que se Exhorta a la Colegisladora para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, destine recursos para asignar pensión a las sobrevivientes así como deudos de las víctimas en tierra acaecidas por el siniestro del Learjet propiedad del Gobierno Federal y adscrito al inventario de la Secretaría de Gobernación, con base en las siguientes:


CONSIDERACIONES

PRIMERA.-
Eran alrededor de las 18:40 horas del martes 4 de noviembre, cuando en una de las zonas más transitadas de la ciudad, se impactó un Jet contra el tercer piso de un edificio, pereciendo nueve personas y causando en el lugar 40 heridos y daños a 50 vehículos.
Más tarde se conoció que en la aeronave viajaba el secretario de Gobernación, quien falleció cuando venía procedente de San Luis Potosí junto con tres de sus colaboradores, un ex fiscal, así como la tripulación de la aeronave.

Cuando la atención estaba fija en las elecciones estadunidenses, el jet con matrícula XC-VMC del gobierno federal se impactó contra un edificio y provocó una explosión en el cruce de Ferrocarril de Cuernavaca y calle Polvux en la colonia Lomas de Chapultepec, Ciudad de México.

SEGUNDA.- Las autoridades mexicanas han asegurado que hasta el momento no hay indicios que permita formular una hipótesis distinta al accidente en el desplome del avión.
De acuerdo al director del Servicio Médico Forense, Felipe Takahashi Medina, fueron 13 cuerpos los que ingresaron al Semefo, identificándose a los funcionarios, a los tripulantes de la nave y a otras víctimas de tierra.

Explicó que con relación a cuatro cuerpos más, aún no se ha podido establecer su identidad por las condiciones en las que quedaron, por lo cual serán sometidos a estudios periciales especializados para tratar de identificarlos.


TERCERO.- Además de ello, según trascendió en los medios de comunicación Pedro Sánchez, de 42 años de edad, perdió la vida en el Hospital 20 Noviembre a consecuencia de las quemaduras que presentó en el 90 por ciento de su cuerpo.
Además se cuenta con los restos de un cuerpo, del cual están por determinar si se trata de otra víctima o son los miembros de alguna de las víctimas que resultaron mutiladas en el accidente. De confirmarse esta versión, la cifra de muertos en el siniestro se incrementaría a quince víctimas.

Asimismo, continúan internados en el Hospital Rubén Leñero: Josefina Núñez Sorcia, de 44 años de edad, Víctor Altamirano Robles, de 85, y Edmundo Abarca Balcázar, de 45.
En el Hospital Español se encuentran internados: Joseth Daniel Dray, de 44 años, Rodrigo García Álvarez del Castillo, de 28, Rodrigo Daniel Martínez Cruces, de 37, Silvia Urrika Vojork, de 29, Luz Elena Gómez Carreño, de 28, y Pablo Jiménez, 33.

Mientras que en el Hospital de Lomas Verdes del IMSS convalece: Iván Díaz Amador, de 34 años; en el Hospital Metropolitano, Patricia Picón Gómez, de 33, y en el Hospital Satélite, Julia Amalia González Anaya, de 42.

CUARTO.- Los funcionarios públicos, así como los tripulantes de la aeronave del Gobierno Federal han tenido sido objeto de un merecido homenaje. Los promoventes nos unimos a su dolor y aprovechamos para enviar nuestras condolencias. Sin embargo, no debemos perder de vista que tan lamentable siniestro también le cambio la vida a otros tantos mexicanos, que desgraciadamente se encontraban ese día en lugar de los hechos.Por todo lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta H. Asamblea, el siguiente


PUNTO DE ACUERDO

ÚNICO.-
El Senado de la República exhorta respetuosamente a la Honorable Cámara de Diputados para que en el proceso de análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, se destinen recursos para asignar indemnizaciones y pensiones a los sobrevivientes y a los deudos de las víctimas en tierra acaecidas por el siniestro del Learjet propiedad del Gobierno Federal el pasado 4 de noviembre en la Ciudad de México.



SUSCRIBEN
SEN. JOSÉ LUIS MÁXIMO GARCÍA ZALVIDEA
SEN. RUBÉN FERNANDO VELÁZQUEZ LÓPEZ
SEN. ROSALINDA LÓPEZ HERNÁNDEZ
SEN. ANTONIO MEJÍA HARO
SEN. CLAUDIA SOFÍA CORICHI GARCIA
SEN. HÉCTOR MIGUEL BAUTISTA LÓPEZ
SEN. SALOMÓN JARA CRUZ
SEN. LÁZARO MAZÓN ALONSO

jueves, 29 de enero de 2009

LEY DEL BANCO DE MÉXICO, LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y LEY DEL SISTEMAS DE PAGOS




PARA MAS INFORMACIÓN
http://www.senado.gob.com/

CAPITULO V BIS
De la regulación de las tasas de interés y comisiones de los servicios de la banca


Artículo 37 bis.- El Banco de México, de oficio o a solicitud de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, las instituciones de crédito y, en su caso, las sociedades financieras de objeto, investigará y dará seguimiento a las condiciones de competencia a efecto de garantizar que las operaciones activas, pasivas y de servicios de la banca en México no afecten al sistema de pagos y se ajusten a los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo. Para tales efectos, podrá auxiliarse de la Comisión Federal de Competencia.
El Banco de México, previa investigación y en uso de las facultades que le confiere el articulo 39, tomará las medidas regulatorias pertinentes, las que se mantendrán sólo mientras subsistan las condiciones que las motiven.

Artículo 37 bis 1. El Banco de México estará facultado para establecer las bases de regulación de las tasas de interés del sistema financiero cuando observe condiciones que afecten la estabilidad del propio sistema, el buen funcionamiento del sistema de pagos o el interés público. En ejercicio de tal facultad, podrá fijar las tasas de interés máximas correspondientes, los mecanismos de ajuste y periodos de vigencia, así como montos máximos de las comisiones por servicios que los bancos y demás instituciones que otorguen crédito, privadas o públicas, pueden cobrar y pagar por las distintas clases de operaciones activas y pasivas que realicen, con el objeto de garantizar el fomento al ahorro, el financiamiento del desarrollo nacional y el fortalecimiento del sistema de pagos.

El Banco de México estará facultado para fijar las comisiones o recargos máximos causados por las operaciones accesorias y los distintos servicios a los cuales califique como relacionados, directa o indirectamente, con las mencionadas operaciones activas y pasivas. El Banco podrá ejercer dicha facultad aún cuando los servicios u operaciones accesorias sean realizados por personas morales distintas a la banca múltiple u otras instituciones que otorguen crédito.
Artículo 37 bis 2.- Los bancos, entidades de ahorro y préstamo y demás instituciones financieras autorizadas para recibir depósitos de ahorro, no podrán efectuar cobro alguno a sus clientes por concepto de comisiones, tarifas o recargos derivados de la tenencia de cuentas de ahorro, así como por cualquier transacción, operación o servicio efectuado respecto de dichas cuentas. Aquellas transacciones, operaciones o servicios adicionales solicitados por el cliente, no estarán exentos del cobro de comisiones, tarifas o recargos, aún cuando los montos correspondientes sean cargados o abonados a una cuenta de ahorros.
Artículo 37 bis 3.- Los bancos, entidades de ahorro y préstamo y demás instituciones financieras, no podrán condicionar el otorgamiento de créditos, a la compra de servicios o productos, salvo las pólizas de seguro aplicables a la adquisición de viviendas y de vehículos.
Artículo 46.- La Junta de Gobierno tendrá las facultades siguientes:
I a XIX. ...
XX. Aprobar las políticas para cancelar, total o parcialmente, adeudos a cargo de terceros y a favor del Banco, cuando fuere notoria la imposibilidad práctica de su cobro, o éste fuere económicamente inconveniente para la Institución;
XXI.- Establecerá los márgenes de intermediación bancaria aplicables a tasas de interés, comisiones o tarifas, en función de los requerimientos de financiamiento del Plan Nacional de Desarrollo, competitividad del sistema financiero, el correcto funcionamiento del sistema de pagos y su interacción con la política monetaria, y
XXII. Resolver sobre otros asuntos que el Gobernador someta a su consideración.

Artículos Transitorios

Primero.-
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.- Se derogan todas las disposiciones que contravengan el presente Decreto.
ARTICULO SEGUNDO.- Se reforma el artículo 48 y se adiciona un párrafo segundo al Artículo 59 de la Ley de Instituciones de Crédito, para quedar como sigue:

Artículo 48.- Las tasas de interés, comisiones, premios, descuentos, u otros conceptos análogos, montos, plazos y demás características de las operaciones activas, pasivas, y de servicios, así como las operaciones con oro, plata y divisas, que realicen las instituciones de crédito y la inversión obligatoria de su pasivo exigible, así como las relacionadas con el sano desarrollo del sistema de pagos y fortalecimiento del ahorro interno, se sujetarán a lo dispuesto por la Ley del Banco de México, con el propósito de atender necesidades de regulación monetaria y crediticia.
Artículo 59.- Los depósitos de ahorro son depósitos bancarios de dinero con interés capitalizable. Se comprobarán con las anotaciones en la libreta especial que las instituciones depositarias deberán proporcionar gratuitamente a los depositantes. Las libretas contendrán los datos que señalen las condiciones respectivas y serán título ejecutivo en contra de la institución depositaria, sin necesidad de reconocimiento de firma ni otro requisito previo alguno.

Las instituciones reguladas por esta ley, se ajustarán en materia de tasas de interés, comisiones, cargos y manejo de cuentas de ahorro a lo que establece la Ley de Banco de México.

Las cuentas de ahorro podrán ser abiertas a favor de menores de edad, sin perjuicio de que, con base en la legislación común, los menores de edad puedan celebrar otros depósitos bancarios de dinero. En todos los casos, las disposiciones de fondos solo podrán ser hechas por los representantes del titular.

Artículos Transitorios

Primero.- El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.- Se derogan todas las disposiciones que contravengan el presente Decreto.
ARTICULO TERCERO.- Se adiciona la fracción IX al artículo 22 de la Ley de Sistemas de Pagos, para quedar como sigue:

Artículo 22. Son infracciones de los Administradores de los Sistemas a la presente Ley:
IX.- No acatar las disposiciones del Banco de México, en materia de comisiones, fijación de tasas de interés activas y pasivas que afecten al sistema de pagos y a la política monetaria.

Artículos Transitorios

Primero.- El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.- Se derogan todas las disposiciones que contravengan el presente Decreto.
Dado en el Salón de Sesiones del Senado de la República

José Luis García Zalvidea
Rosalinda López Hernández
Jesús Garibay García
Salomón Jara Cruz
Rubén Velazquez López
Lázaro Mazón Alonso

RECURSOS A LA INVERSIÓN EN CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN Y A LA ACADEMIA MEXICANA DE CIENCIAS



Quienes suscriben, Senadores de la República a la LX Legislatura, con fundamento en el artículo 67, numeral 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a esta Honorable Asamblea, la siguiente Proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión para que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, destine más recursos a la inversión en ciencia, tecnología e innovación y a la Academia Mexicana de Ciencias, con base en las siguientes


CONSIDERACIONES


El pasado 30 de octubre, en el marco del reconocimiento que el Senado de la República hizo a los jóvenes ganadores en las Olimpiadas de Ciencias nacionales e internacionales organizadas por la Academia Mexicana de Ciencias (AMC), la presidenta de dicha Academia entregó una carta con la finalidad de que este Senado de la República apoyara su propuesta de incrementar el presupuesto para ciencia y tecnología para el próximo año, y con ello impulsar que para finales de este sexenio se alcance el 1% del Producto Interno Bruto (como lo establece la Ley de Ciencia y Tecnología) en estos rubros.


En esa misma fecha la Mesa Directiva de este órgano legislativo se comprometió a presentar un punto de acuerdo para exhortar a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión a incrementar la inversión en ciencia y tecnología. Es en este contexto que me permito presentar ante esta Honorable Asamblea la presente Proposición.


Según datos del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACyT) la inversión (ellos le llaman gasto) federal en ciencia y tecnología, en relación al Producto Interno Bruto (PIB) ha disminuido en los últimos 30 años, pues mientras en 1980 era del 0.43%, en 2006 fue del 0.36%.
Otro dato contundente, es que durante los últimos nueve años el presupuesto destinado a ciencia y tecnología ha sido menor al 0.4% del PIB, siendo que la recomendación de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), es que se destine el 1% del PIB.


Lo anterior ha significado un grave atraso para nuestro país, lo que ha provocado que la ciencia mexicana se encuentre en una etapa de verdadero peligro, pues según un diagnóstico presentado por la Academia Mexicana de Ciencias, la edad promedio de los investigadores activos mayores es superior a los 53 años; muchos laboratorios trabajan con equipo obsoleto y en los últimos diez años prácticamente no se han creado nuevas plazas de trabajo para científicos.
Comparado con países del Primer Mundo, México presenta un bajísimo número de investigadores. El problema es que si nos comparamos con países parecidos como Brasil, Argentina o Chile, también estamos por debajo de ellos, situándonos al nivel de países centroamericanos.


El Gobierno Federal argumenta que hoy en día existe una mayor inversión en ciencia, tecnología e innovación que hace años, pero la realidad nos muestra que en este rubro estamos igual que hace 20 años, pues seguimos con menos del 1% del Producto Interno Bruto invertido en ciencia y tecnología.


Sin embargo, en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, remitido por el Gobierno Federal a la Cámara de Diputados, sólo se plantea aumentar en 2 mil 500 millones de pesos para el próximo año este rubro.
En el documento entregado por la Academia Mexicana de Ciencias a este órgano legislativo se propone que entre el año 2009 y el 2012, el Gobierno Federal aumente cada año el presupuesto para ciencia, tecnología e innovación en 15 mil 500 millones de pesos, con lo cual se aumentaría de 42 mil millones de pesos (2008) a 105 millones para el año 2012.


Por otro lado, es importante que se apoye a la Academia Mexicana de Ciencias para el fortalecimiento de sus programas de educación científica, ya que mediante éstos se mejora la formación de los maestros de educación básica en materias como biología, química, física y matemáticas. Además, se ampliarían los programas de preparación a los jóvenes que participan en las Olimpiadas de Ciencia, donde alumnos mexicanos han destacado.
Por todo lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta H. Asamblea, el siguiente


PUNTO DE ACUERDO


PRIMERO.-
El Senado de la República exhorta respetuosamente a la Honorable Cámara de Diputados para que en el proceso de análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, se destinen recursos a ciencia, tecnología e innovación por la cantidad de 60 mil millones de pesos, con lo cual se aumentarían 15,500 millones de pesos más a lo propuesto en el Proyecto de Presupuesto de Egresos presentado por el Ejecutivo Federal.

SEGUNDO.- El Senado de la República exhorta respetuosamente a la Honorable Cámara de Diputados para que en el proceso de análisis, discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2009, se destinen 20 millones de pesos adicionales a la Academia Mexicana de Ciencias, para apoyar programas de educación científica.


SUSCRIBEN

SEN. JOSÉ LUIS MÁXIMO GARCÍA ZALVIDEA
SEN. FRANCISCO JAVIER CASTELLÓN FONSECA.
SEN. JAVIER OROZCO GÓMEZ
SEN. JOSÉ GONZÁLEZ MORFÍN
SEN. RAMÓN MUÑOZ GUTIÉRREZ
SEN. MARÍA BEATRIZ ZAVALA PENICHE
SEN. ALBERTO ANAYA GUTIÉRREZ
SEN. JOSÉ ISABEL TREJO REYES
SEN. ALEJANDRO MORENO CÁRDENAS
SEN. MARTHA LETICIA RIVERA CISNEROS
SEN. RUBÉN FERNANDO VELÁZQUEZ LÓPEZ
SEN. LÁZARO MAZÓN ALONSO
SEN. ANTONIO MEJÍA HARO
SEN. SALOMÓN JARA CRUZ

miércoles, 21 de enero de 2009

REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY GENERAL DE SALUD


Los Senadores José Luis Máximo García Zalvidea, Antonio Mejía Haro y Claudia Sofía Corichi García, Senadores de la LX Legislatura del Honorable Congreso de la Unión e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos someter a la consideración de esta H. Asamblea, Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley General de Salud


PROYECTO DE DECRETO


ÚNICO.-
Se reforman los artículos 31, 43, 115, 123, 286 fracción I, 300 y se adicionan las fracciones IX a XXI al artículo 115; se adicionan los artículos 115 bis, 115 bis 1, 115 bis 2, 115 bis 3, 115 bis 4, 115 bis 5 y 115 bis a la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 31.- La Secretaría de Economía, oyendo la opinión de la Secretaría de Salud, asegurará la adecuada distribución y comercialización y fijará los precios máximos de venta al público de los medicamentos e insumos. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público tendrá la intervención que le corresponda en la determinación de precios, cuando tales bienes sean producidos por el sector público.
La Secretaría de Salud proporcionará los elementos técnicos a la Secretaría de Economía, acerca de la importación de insumos para la salud.
Artículo 43.- Los servicios de salud de carácter social y privado, con excepción del servicio personal independiente, estarán sujetos a las tarifas que establezca la Secretaría de Economía, oyendo la opinión de la Secretaría de Salud.
Artículo 115.- La Secretaría de Salud a través del Observatorio Nacional de Alimentación y Nutrición, tendrá a su cargo:
I. a VII. ...
VIII. Proporcionar a la Secretaría de Economía los elementos técnicos en materia nutricional, para los efectos de la expedición de las normas oficiales mexicanas;
IX. Ser el instrumento de apoyo, que permita detectar los principales factores de riesgo en seguridad alimentaria y nutricional;
X. Realizar un seguimiento integral de la situación alimentaria y nutricional del país;
XI. Conocer la opinión de profesionales y de consumidores, respecto de los temas relacionados con alimentación y nutrición;
XII. Emitir opiniones sobre los lineamientos que deben seguirse para la formulación de políticas públicas en materia de alimentación y nutrición;
XIII. Sistematizar, analizar y difundir información en materia de alimentación y nutrición;
XIV. Formular recomendaciones y propuestas que tengan como finalidad el mejoramiento de los hábitos alimenticios de la población;
XV. Estudiar, analizar y emitir opinión sobre las propuestas de reforma a leyes y reglamentos, así como políticas públicas en materia de alimentación y nutrición;
XVI. Realizar estudios e investigaciones en materia de alimentación y nutrición;
XVII. Suscribir convenios de colaboración con todo tipo de organismos públicos, instituciones privadas, nacionales e internacionales, especializadas en materia de alimentación y nutrición;
XVIII. Generar información sobre alimentación y nutrición de la población;
XIX. Proporcionar datos para hacer evaluaciones del impacto de los instrumentos, acciones y programas de los tres niveles de gobierno;
XX. Detectar las necesidades de alimentación y nutrición de la población; y
XXI. Las demás necesarias para el cumplimiento de sus objetivos.
XXII. Difundir en los ámbitos familiar, escolar y laboral los buenos hábitos alimenticios y el mejoramiento de la calidad nutricional.

Artículo 115 bis.- Se crea el Observatorio Nacional de Alimentación y Nutrición, como un órgano dependiente de la Secretaría de Salud, con autonomía técnica de seguimiento, evaluación y monitoreo en materia de alimentación y nutrición.
El objeto del Observatorio Nacional de Alimentación y Nutrición es, analizar, proponer, evaluar, consensuar y dar seguimiento a los programas, estrategias, políticas públicas y acciones tendentes a mejorar la alimentación y nutrición de la población; detectar las necesidades nutrimentales de la población, a fin de facilitar el diseño de programas cuyo objetivo sea abatir la desnutrición.
Artículo 115 bis 1.- El Observatorio Nacional de Alimentación y Nutrición estará integrado por:
I. El titular de la Secretaría de Salud;
II. Un representante de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;
III. Un representante de la Secretaría de Desarrollo Social; y
IV. Un representante de la Secretaría de Educación Pública
Además de los integrantes antes citados, contará con los siguientes observadores ciudadanos:
V. Tres personas expertas en materia de alimentación y nutrición;
VI. Tres representantes de organizaciones de la sociedad civil, dedicadas a las materias competencia del Observatorio Nacional de Alimentación y Nutrición; y
VII. Tres personas expertas procedentes del ámbito académico o vinculado a disciplinas que tengan relación con las materias competencia del Observatorio Nacional de Alimentación y Nutrición.


Los integrantes del Observatorio Nacional de Alimentación y Nutrición ejercerán su cargo en forma honorífica y no recibirán emolumento o contraprestación alguna por el mismo.
Artículo 115 bis 2.- Los observadores ciudadanos serán elegidos por:
I. El Titular de la Secretaría de Salud; en el caso de los expertos previstos en la fracción V y VI del artículo anterior; y
II. Las instituciones de educación superior y centros de investigación con programas de estudios o líneas de investigación relacionados con la alimentación y nutrición, en el caso de los expertos vinculados al ámbito académico, previstos en la fracción VII del artículo anterior.

Artículo 115 bis 3.- El Observatorio Nacional de Alimentación y Nutrición podrá integrar las comisiones o grupos de trabajo que considere necesarios para llevar a cabo sus funciones.
Artículo 115 bis 4.- El Observatorio Nacional de Alimentación y Nutrición elaborará un programa de trabajo anual en el cual se establecerán sus objetivos, metas y estrategias, así como las acciones que corresponderán a las comisiones o grupos respectivos.
En la elaboración del programa de trabajo se tomarán en consideración los objetivos, estrategias y líneas de acción del Plan Nacional de Desarrollo y de los programas que de éste deriven, relacionados con la alimentación y nutrición de la población, así como las sugerencias y opiniones del Titular de la Secretaría de Salud.
Artículo 115 bis 5.- En lo no previsto en la presente Ley, el observatorio se regirá por las disposiciones contenidas en su reglamento.
Artículo 123.- La Secretaría de Salud proporcionará a la Secretaría de Economía y, en general, a las demás autoridades competentes, los requisitos técnicos sanitarios para que el almacenamiento, distribución, uso y manejo del gas natural, del gas licuado de petróleo y otros productos industriales gaseosos que sean de alta peligrosidad, no afecten la salud de las personas, los que serán de observancia obligatoria, y en su caso, deberán incorporarse a las normas oficiales mexicanas.
Artículo 286 Bis. La importación de los productos y materias primas comprendidos en este Título que no requieran de autorización sanitaria previa de importación, se sujetará a las siguientes bases:
I. Podrán importarse los productos, siempre que el importador exhiba la documentación establecida en las disposiciones reglamentarias de esta Ley, incluido el certificado sanitario expedido por la autoridad sanitaria del país de origen, de acuerdo con los convenios y tratados internacionales que se celebren o de laboratorios nacionales o extranjeros acreditados por las Secretarías de Salud o de Economía, conforme a los acuerdos de coordinación que celebren estas dependencias. Asimismo, deberá dar aviso a la Secretaría del arribo y destino de los productos;
II. a III. ...
Artículo 300.- Con el fin de proteger la salud pública, es competencia de la Secretaría de Salud la autorización de la publicidad que se refiera a la salud, al tratamiento de las enfermedades, a la rehabilitación de los inválidos, al ejercicio de las disciplinas para la salud y a los productos y servicios a que se refiere esta Ley. Esta facultad se ejercerá sin perjuicio de las atribuciones que en esta materia confieran las leyes a las Secretarías de Gobernación, Educación Pública, Economía, Comunicaciones y Transportes y otras dependencias del Ejecutivo Federal.


TRANSITORIOS


PRIMERO.-
El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- El Observatorio Nacional de Alimentación y Nutrición deberá instalarse dentro de los 120 días siguientes a la entrada en vigor del presente decreto.

SEN. JOSÉ LUIS MÁXIMO GARCÍA
SEN. ANTONIO MEJÍA HARO
SEN. CLAUDIA SOFÍA CORICHI GARCÍA

DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO 30 DE LA CONSTITUCIÓN


Los suscritos, José Luis García Zalvidea, Rubén Fernando Velázquez López, Antonio Mejía Haro, Lázaro Mazón Alonso y Salomón Jara Cruz, Senadores del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la LX Legislatura del H. Senado de la República, en ejercicio de la facultad que nos confieren los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente: Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma el artículo 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y La Ley de Nacionalidad, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos.


El pasado 22 de octubre, se llevó a cabo el Foro de Análisis "La política de Inmigración en México, andamiaje Jurídico e Institucional", espacio abierto y plural en el que diversos especialistas pudieron exponer las necesidades más inmediatas en materia migratoria, cabe señalar que los panelistas fueron unánimes al señalar que el marco jurídico con que contamos es obsoleto y esta plagado de lagunas e inconsistencias. Lo anterior pone de manifiesto la necesidad de hacer una reforma profunda a la Ley General de Población, así como diversas adecuaciones a las disposiciones legales y constitucionales referentes a la nacionalidad y extranjería.
En este sentido, uno de los reclamos más constantes fue precisamente el duro trato que como posición gubernamental reciben los migrantes, incluso se señaló la reiterada negativa de funcionarios públicos a registrar a los hijos de migrantes nacidos en territorio mexicano.


Esta actitud, xenófoba y violatoria de uno de los más elementales derechos de todo individuo -que es el de tener una nacionalidad- evidencia la exagerada rigidez de las políticas migratorias y soslaya la vigencia de un estado de derecho al crear en la práctica una especie de mexicanos de segunda a los que les cuesta más hacer valer sus derechos. Sobra señalar que los funcionarios que incurren en estas conductas, actúan al margen de la Ley y debieran hacerse acreedores a una multiplicidad de sanciones que van desde el ámbito administrativo, hasta el penal.
Sobra señalar que el artículo primero de nuestra Constitución ampara a todo individuo en territorio nacional (mexicano o extranjero) y prohíbe la discriminación por razones de origen nacional. Asimismo, este máximo ordenamiento estipula de manera contundente, que quienes nazcan en territorio de la República, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres, son mexicanos por nacimiento.


En este orden de ideas, creemos que modificar la ley para hacer más agresivas las sanciones hacia los funcionarios que discriminen y nieguen los derechos de nacionales o extranjeros, no es una solución real ni de fondo. Las sanciones serían igualmente ineficaces si se hacen rígidas en la letra, pero su criterio de aplicación es sumamente laxo, la solución en este particular, es hacer valer las sanciones existentes.


El problema de los indocumentados con hijos nacidos en México, es por un lado, el temor fundado a ser detenidos y deportados, al tratar de registrar a sus hijos; pero más aun, el que nuestro marco constitucional y legal no cuente con los mecanismos mínimos de protección para salvaguardar la integridad familiar de estos infantes. Lo anterior, aunado a que prevalece la creencia de que para realizar cualquier trámite legal, el inmigrante debe acreditar su legal estancia en territorio nacional, orilla al funcionario, temeroso de una sanción y desconocedor de sus funciones, a negar el trámite de registro de nacimiento e incluso denunciar a los inmigrantes ante el personal migratorio.


Cabe aclarar que la única disposición que restringe la capacidad de la autoridad en relación a trámites con el registro civil, es la consignada en el artículo 69 de la Ley General de Población, que señala a la letra: "Artículo 69. Ninguna autoridad judicial o administrativa dará trámite al divorcio o nulidad de matrimonio de los extranjeros, si no se acompaña la certificación que expida la Secretaría de Gobernación de su legal residencia en el país y de que sus condiciones y calidad migratoria les permite realizar tal acto." En este sentido, el artículo 139 del mismo ordenamiento señala las sanciones a que se hará acreedor el funcionario que no se apegue a tal prohibición.
Más allá de lo anacrónica que resulta la disposición citada, no tiene nada que ver con el registro de nacimiento de los menores y no justifica que se les niegue ese derecho.


Lo anterior, ha orillado a algunos migrantes a tomar decisiones difíciles en sobremanera, pues en ocasiones optan por dejar a sus hijos con familiares o conocidos si son deportados, hasta que puedan regresar.


Los defensores de los Derechos Humanos de inmigrantes ilegales hablan de infantes arrancados de los brazos de sus padres, arreglos urgentes para custodia y arbitrarias asignaciones a hogares temporales. En respuesta, los funcionarios migratorios dicen que ellos simplemente hacen su labor y que lo que dicen los defensores de los inmigrantes son exageraciones o mentiras.
Lo que es cierto, es que es necesario dotar al gobierno de las herramientas suficientes para que en estricto apego a nuestro orden legal y constitucional, puedan y deban salvaguardar los derechos fundamentales del migrante y su familia. Es necesario entonces, flexibilizar los supuestos para otorgar la nacionalidad a los padres de niños mexicanos por nacimiento.


Cabe señalar que el infante que pueda registrarse en México, tiene el derecho inalienable de residir en territorio nacional, pero al no tener este mismo derecho los padres, cuando son migrantes indocumentados, se anula en los hechos toda protección constitucional a la que pudiera aspirar el menor mexicano.


En este sentido, y siendo lógico que los padres deben ejercer la patria potestar, mientras que el estado debe salvaguardar a la familia como una de las instituciones más importantes de la sociedad, es congruente modificar el artículo 30 constitucional, así como el 20 de la Ley de Nacionalidad, para establecer que bastará la solicitud de naturalización de la mujer o el varón extranjeros, padres de hijos mexicanos por nacimiento, que ejerciendo la patria potestad establezcan o pretendan establecer su residencia en territorio nacional. Ello por supuesto obvia cualquier comprobación de su calidad migratoria, la cual se hace irrelevante al proteger el núcleo familiar.


Cabe señalar que reformas de similar naturaleza, se han discutido e incorporado con éxito en otros países, quienes con una perspectiva incluso más avanzada a la nuestra, reconocen el derecho a la nacionalidad de manera mucho más amplia, siendo el mejor ejemplo, la Ley de Memoria Histórica de España, que reconoce derechos de nacionalidad hasta la segunda generación (nietos), por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura.
Así pues, de aprobarse esta propuesta, estaremos dando un importante paso, no solo a favor de los migrantes indocumentados, grupo que de por si, merece nuestra protección, dada su vulnerabilidad; sino que el verdadero avance se significará en un mayor respeto a los derechos humanos de mexicanos y extranjeros.


Por lo anteriormente expuesto, y en ejercicio de las facultades otorgadas por los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente: Proyecto Decreto que reforma el artículo de la Constitución P0olítica de los Estados Unidos Mexicanos y La Ley de Nacionalidad.


Artículo Primero. Se adiciona la fracción del apartado A del artículo 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:


Artículo 30. La nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o por naturalización.
A. Son mexicanos por nacimiento:
I. a IV. (...)
B. Son mexicanos por naturalización:
I. (...)II. (...)
III. La mujer o el varón extranjeros, padres de hijos mexicanos por nacimiento que cumplan con los requisitos que al efecto señale la ley.


Transitorio.


ÚNICO.
El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Artículo Segundo. Se deroga el inciso b) de la fracción I y se adiciona una fracción IV al artículo 20 de la Ley de Nacionalidad

IV. Bastará la solicitud de naturalización de la mujer o el varón extranjeros, padres de hijos mexicanos por nacimiento, que ejerciendo la patria potestad establezcan o pretendan establecer su residencia en territorio nacional.
La Carta de Naturalización (...)


Transitorio.


ÚNICO.
El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL SEGUNDO PÁRRAFO DE LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 194






PARA MAS INFORMACIÓN


Los suscritos, José Luís Máximo García Zalvidea, Rubén Fernando Velázquez López, Héctor Miguel Bautista López, Claudia Sofía Corichi García, Silvano Aureoles Conejo, Antonio Mejía Haro, Lázaro Mazón Alonso, Salomón Jara Cruz y Francisco Javier Castellón Fonseca, Senadores del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea, la presente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL SEGUNDO PÁRRAFO DE LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 194, Y SE REFORMAN Y ADICIONAN LAS FRACCIONES I Y IV DEL ARTÍCULO 196 DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, de conformidad con la siguiente


D E C R E T O


Artículo Único
.- Se reforma el segundo párrafo de la fracción IV del artículo 194, y se reforman y adicionan las fracciones I y IV del artículo 196 del Código Penal Federal para quedar como sigue:
Artículo 194.- Se impondrá prisión de diez a veinticinco años y de cien hasta quinientos días multa al que:

I.- Produzca, transporte, trafique, comercie, suministre aun gratuitamente o prescriba alguno de los narcóticos señalados en el artículo anterior, sin la autorización correspondiente a que se refiere la Ley General de Salud;
Para los efectos de esta fracción, por producir se entiende: manufacturar, fabricar, elaborar, preparar o acondicionar algún narcótico, y por comerciar: vender, comprar, adquirir o enajenar algún narcótico.
II.- Introduzca o extraiga del país alguno de los narcóticos comprendidos en el artículo anterior, aunque fuere en forma momentánea o en tránsito.
Si la introducción o extracción a que se refiere esta fracción no llegare a consumarse, pero de los actos realizados se desprenda claramente que esa era la finalidad del agente, la pena aplicable será de hasta las dos terceras partes de la prevista en el presente artículo.
III.- Aporte recursos económicos o de cualquier especie, o colabore de cualquier manera al financiamiento, supervisión o fomento para posibilitar la ejecución de alguno de los delitos a que se refiere este capítulo; y
IV.- Realice actos de publicidad o propaganda, para que se consuma cualesquiera de las instancias comprendidas en el artículo anterior.
Las mismas penas previstas en este artículo y, además, privación del cargo o comisión e inhabilitación para ocupar otro hasta por diez años, se impondrán al servidor público que, en ejercicio de sus funciones o aprovechando su cargo, permita, autorice o tolere cualesquiera de las conductas señaladas en este artículo.
Artículo 196.- Las penas que en su caso resulten aplicables por los delitos previstos en el artículo 194 serán aumentadas en una mitad, cuando:

I.- Se cometa por servidores públicos encargados de prevenir, denunciar, investigar o juzgar la comisión de los delitos contra la salud, así como por celadores, custodios o cualquier servidor público adscrito a los centros de detención, reclusión o de compurgación de penas, por un miembro de las Fuerzas Armadas Mexicanas en situación de retiro, de reserva o en activo. En este caso, se impondrá, a dichos servidores públicos además, suspensión para desempeñar cargo o comisión en el servicio público, hasta por quince años, o destitución, e inhabilitación hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta. Si se trata de un miembro de las Fuerzas Armadas Mexicanas en cualquiera de las situaciones mencionadas se le impondrá, además la baja definitiva de la Fuerza Armada a que pertenezca, y se le inhabilitará hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta, para desempeñar cargo o comisión públicos en su caso;
II.- La víctima fuere menor de edad o incapacitada para comprender la relevancia de la conducta o para resistir al agente;
III.- Se utilice a menores de edad o incapaces para cometer cualesquiera de esos delitos;
IV.- Se cometa en centros educativos, asistenciales, policiales, así como de detención, reclusión o compurgación de penas, o en sus inmediaciones con quienes a ellos acudan;
V.- La conducta sea realizada por profesionistas, técnicos, auxiliares o personal relacionado con las disciplinas de la salud en cualesquiera de sus ramas y se valgan de esa situación para cometerlos. En este caso se impondrá, además, suspensión de derechos o funciones para el ejercicio profesional u oficio hasta por cinco años e inhabilitación hasta por un tiempo equivalente al de la prisión impuesta;
VI.- El agente determine a otra persona a cometer algún delito de los previstos en el artículo 194, aprovechando el ascendiente familiar o moral o la autoridad o jerarquía que tenga sobre ella; y
VII.- Se trate del propietario poseedor, arrendatario o usufructuario de un establecimiento de cualquier naturaleza y lo empleare o para realizar algunos de los delitos previstos en este capítulo o permitiere su realización por terceros. En este caso además, se clausurará en definitiva el establecimiento.


Transitorio


Artículo Único.-
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de Sesiones del Senado de la República, a los 28 días del mes de octubre de 2008.


SUSCRIBEN
SEN. JOSÉ LUIS MÁXIMO GARCÍA ZALVIDEA
SEN. RUBÉN FERNANDO VELÁZQUEZ LÓPEZ
SEN. HÉCTOR MIGUEL BAUTISTA LÓPEZ
SEN. CLAUDIA SOFÍA CORICHI GARCÍA
SEN. SILVANO AUREOLES CONEJO
SEN. ANTONIO MEJÍA HARO
SEN. LÁZARO MAZÓN ALONSO
SEN. SALOMÓN JARA CRUZ
SEN. FRANCISCO JAVIER CASTELLÓN FONSECA

martes, 20 de enero de 2009

PROGRAMA NACIONAL DE MICROCUENCAS








PARA MAS INFORMACIÓN




Los suscritos, José Luis García Zalvidea, Rubén Fernando Velázquez López, Antonio Mejía Haro, Lázaro Mazón Alonso, Francisco Javier Obregón Espinozay Salomón Jara Cruz, senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LX Legislatura del H. Senado de la República, en ejercicio de la facultad que nos confieren los artículos 67 numeral 1 inciso b de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Soberanía, la siguiente: Proposición con Punto de Acuerdopor la que sesolicita a la colegisladora realizar una asignación presupuestaria de 104 millones de pesos al Programa Nacional de Microcuencas para el ejercicio fiscal 2009
PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO.
El Senado de la República solicita a la Cámara de Diputados que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2009, se contemple una asignación complementaria de ciento cuatro millones de pesos al Fideicomiso de Riesgos Compartidos para la operación del Programa Nacional de Microcuencas.

SEGUNDO. Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo Federal, para que en ejercicio de la facultad consagrada en la fracción I del artículo 89 constitucional, establezca de manera formal, mediante su publicación en el Diario Oficial de la Federación, el Programa Nacional de Microcuencas, sectorizándolo a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, a través del Fideicomiso de Riesgo Compartido.

SUSCRIBEN
SEN. JOSÉ LUIS GARCÍA ZALVIDEA
SEN. RUBÉN FERNANDO VELÁZQUEZ LÓPEZ
SEN. ANTONIO MEJÍA HARO
SEN. LÁZARO MAZÓN ALONSO
SEN. FRANCISCO JAVIER OBREGÓN ESPINOZA
SEN. SALOMÓN JARA CRUZ

SECUESTRO DE MIGRANTES EN EL MUNICIPIO DE LARA GRAJALES, PUEBLA







PARA MAS INFORMACIÓN









Los suscritos, José Luis García Zalvidea, Rubén Fernando Velázquez López, Antonio Mejía Haro, Salomón Jara Cruz y Lázaro Mazón Alonso, Senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LX Legislatura del H. Senado de la República, en ejercicio de la facultad que nos confieren los artículos 67 numeral 1 inciso b de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Soberanía, la siguiente: Proposición con Punto de Acuerdo con relación al secuestro de migrantes en el municipio de Lara Grajales, Puebla
PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO.
El Senado de la República exhorta al Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Gobernación, a suscribir convenios de colaboración con las Comisiones Estatales de Derechos Humanos, las Entidades Federativas y los municipios integrantes del llamado corredor migratorio, a efecto de mantener espacios de denuncia ciudadana que eviten y señalen este tipo de abusos.

SEGUNDO. El Senado de la República exhorta al Instituto Nacional de Migración a que en el aseguramiento de migrantes indocumentados se apegue en todo momento al respeto de sus derechos fundamentales, asimismo, se solicita la remisión a la brevedad de un informe detallado y pormenorizado sobre el protocolo a seguir en el manejo de indocumentados, así como con relación a los convenios de coordinación que mantenga con diversas fuerzas policiacas en los tres niveles de gobierno.

TERCERO. El Senado de la República exhorta al gobierno de Puebla para que se aplique una ágil y oportuna investigación, y resultados de la misma, a fin de que quienes sean responsables en la corporación municipal, u otras, así como civiles del grupo secuestrador y extorsionador, sean llamados a cuentas por estos lamentables hechos, y solicitar a este mismo ente de gobierno informe a esta soberanía sobre la acción de la justicia sobre el hecho particular de Lara Grajales.

SUSCRIBEN
SEN. JOSÉ LUIS GARCÍA ZALVIDEA
SEN. RUBÉN FERNANDO VELÁZQUEZ LÓPEZ
SEN. ANTONIO MEJÍA HARO
SEN. LÁZARO MAZÓN ALONSO

zona arqueológica del Chinkultic, Municipio de la Trinitaria, Chiapas


El suscrito, José Luis García Zalvidea, Senador integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LX Legislatura del H. Senado de la República, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 67 numeral 1 inciso b de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta Soberanía, con carácter de urgente y obvia, la siguiente: Proposición con Punto de Acuerdo con relación a los lamentables hechos ocurridos en la zona arqueológica del Chinkultic, Municipio de la Trinitaria, Chiapas.


PUNTO DE ACUERDO


ÚNICO.
El Senado de la República condena los lamentables hechos ocurridos en la zona arqueológica del Chinkultic, Municipio de la Trinitaria, Chiapas, donde seis campesinos perdieron la vida, y urge a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a ejercer su facultad de atracción en el caso y emitir una recomendación a la brevedad.

Suscribe

Sen. José Luis García Zalvidea

LEY DE LA APROCACIÓN DE TRETADOS INTERNACIONALES EN MATERIA ECONÓMICA







PARA MAS INFORMACIÓN
www.senado.gob.mx






Los Senadores José Luis Máximo García Zalvidea, Antonio Mejía Haro, Claudia Corichi García, Alfonso Abraham Sánchez Anaya, Silvano Aureoles Conejo, Yeidckol Polevnsky Gurwitz y Rubén Velázquez López, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LX Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos someter a la consideración de esta H. Asamblea, iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley sobre la Aprobación de Tratados Internacionales en materia económica





PROYECTO DE DECRETO



ÚNICO.-
Se reforman los artículos 1, 5, 6 y 8; y se adicionan los artículos 5 Bis, 10 Bis y 12 Bis, todos de la Ley sobre la Aprobación de Tratados en Materia Económica, para quedar como sigue:
Artículo 1. Esta ley es de orden público y tiene como objeto reglamentar el artículo 93 de la Constitución General de la República en materia de las facultades constitucionales del Senado de requerir información a los secretarios de estado, así como a los directores de los organismos descentralizados competentes sobre la negociación, celebración y aprobación de tratados relacionados con el comercio de mercancías, servicios, inversiones, transferencia de tecnología, propiedad intelectual, doble tributación, cooperación económica y con las demás materias a que se refiere este ordenamiento cuando se relacionen con las anteriores.



Artículo 5. Al inicio de cada periodo ordinario de sesiones, el Senado, a través de las comisiones competentes, requerirá un informe a las Secretarías de Estado y a cualquier organismo de la administración pública federal que represente a México sobre el inicio de negociaciones formales de un tratado.
El informe contendrá:



I. ...



II. Los beneficios y ventajas que se espera obtener de la negociación y la expectativa de cumplir con los objetivos de esta ley que correspondan conforme al tratado que se pretende celebrar, para lo cual se requerirá:
Los estudios o análisis económicos de la situación que guardan los distintos sectores sociales, productivos e industriales involucrados en la negociación de un Tratado; y
Los estudios o análisis económicos del impacto esperado en los distintos sectores sociales, productivos e industriales, en caso de que el Tratado sea ratificado.



III. ...
Las comisiones a las que se turne el informe, o la comisión especial plural que se conforme para tal efecto de acuerdo a los artículos 85 y 87 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, deberán dar seguimiento, proponer acciones legislativas, recabar y obtener información sobre el estado que guardan las negociaciones, entrevistar a servidores públicos, representantes de grupos de interés, peritos o cualquier persona que pueda aportar conocimientos y experiencia sobre las negociaciones.
Artículo 5 Bis. Las comisiones o la comisión especial, hará llegar a los Secretarios de Estado, y a cualquier organismo de la Administración Pública Federal que represente a México en las negociaciones, los informes y análisis relativos al desarrollo de sus funciones de investigación sobre la conveniencia o no del Tratado, para que estos sean considerados en las negociaciones.
Artículo 6. Con base en la información sobre el avance de las negociaciones las comisiones a las que haya sido turnado el informe, o en su caso, la comisión especial a la que se refiere el artículo 5 de la Ley, deberán requerir a las Secretarías de Estado y a cualquier organismo de la Administración Pública Federal que represente a México en las negociaciones, con la anticipación necesaria a la fecha determinada para la firma del tratado correspondiente, un informe sobre el resultado final completo de las negociaciones, y sobre la forma en que se atendieron los objetivos de esta ley.
...
I a IV. ...
V. Las razones por las cuales, en su caso, no se pudieron atender las opiniones emanadas de las comisiones.
Artículo 8. En el periodo comprendido entre las fases señaladas en los artículos 5 y 6 de la presente ley, las Secretarías de Estado y cualquier organismo de la Administración Pública Federal encargado de la representación de México en las negociaciones deberán presentar informes periódicos con base en el programa inicial al que se refiere la fracción III del artículo 5, a las Comisiones Legislativas a las que haya sido turnado el informe de inicio de negociaciones, o en su caso, a la comisión especial correspondiente.



Las Comisiones, o en su caso la comisión especial, estarán facultadas para requerir y obtener la información mencionada. Podrán allegarse de estudios que realice el personal a su cargo o los que requieran a las dependencias competentes del Poder Ejecutivo.
Las comisiones, o en su caso, la comisión especial podrá citar a comparecencia a las y los funcionarios señalados.



Artículo 10 Bis. Las Secretarías de Estado deberán informar anualmente al Congreso en el primer periodo de sesiones, del efecto que cada Tratado causa en todos los sectores productivos del país.
Artículo 12 Bis.- El Senado de la República a través de su unidad de comunicación social, lanzará un boletín informativo de los puntos más relevantes del Tratado aprobado, a fin de hacerlo de dominio público y sobre todo de los sectores involucrados en el mismo.



TRANSITORIOS



Primero.-
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.




SEN. JOSÉ LUIS MÁXIMO GARCÍA ZALVIDEA
SENADOR ANTONIO MEJÍA HARO
SEN. CLAUDIA CORICHI GARCÍA
SEN. SILVANO AUREOLES CONEJO
SEN. YEIDCKOL POLEVNSKY G.
SEN. RUBEN F. VELÁZQUEZ LÓPEZ
SEN. ALFONSO ABRAHAM SÁNCHEZ ANAYA

EDUCACIÓN PUBLICA


Los sucritos José Luis Máximo García Zalvidea, Lázaro Mazón Alonso, Francisco Javier Castellón Fonseca, Salomón Jara Cruz y Rubén Fernando Velázquez López, Senadores del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LX Legislatura del H. Senado de la República, en ejercicio de la facultad que nos confieren los artículos 67 numeral 1 inciso b de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior, sometemos a la consideración de esta Soberanía, con carácter de urgente y obvia resolución, la proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes:

CONSIDERACIONES
En nuestra Carta Magna tenemos consagrado el derecho a la educación, pero como lo han denunciado grandes pensadores y filósofos, actualmente esa declaración de principios en nuestro país es letra muerta.

Las consideraciones en torno a la calidad en la educación en nuestro país, que se han vertido en esta alta Tribuna han sido muchas, pero todas en el mismo sentido y es que la misma, no reúne los requisitos mínimos que permitan dar a nuestros niños y jóvenes las oportunidades que requieren en un mundo globalizado y competitivo.

Basta recordar que las cifras sobre educación básica no son nada alentadoras, ya que somos el último lugar de los países socios de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), el cual señaló que en nuestro país uno de cada dos estudiantes se encuentra en el nivel cero y uno, y en varios estados de la república, el 70% de los alumnos no alcanzan ni lo mínimo indispensable para acceder a la sociedad moderna estos estados son: Chiapas, Tabasco, Oaxaca, Guerrero, Campeche, Puebla, Michoacán, Nayarit, Hidalgo, Sinaloa, Quintana Roo y Guanajuato.
En estos momentos nuestra colegisladora se encuentra en el análisis y discusión del presupuesto para el próximo ejercicio y debido a la crisis profunda que sufre nuestro principal socio comercial, las expectativas económicas para el próximo año son sombrías y desalentadoras, sobre todo, por la falta de previsión de mecanismos anticiclicos por parte de los responsables de la economía nacional, por lo que seguramente habrá necesidad de ajustar el gasto en todos los rubros, pero hay materias como educación y salud, donde a pesar de la crisis deberemos redoblar esfuerzos asumiendo nuestra responsabilidad como legisladores, ya que si en estos momentos se deja de lado el apoyo para la educación, el circulo vicioso de pobreza e ignorancia se seguirá incrementando.

Hace dos años en esta misma Alta Tribuna pedimos que se asignara de manera efectiva el ocho porciento del Producto Interno Bruto a la educación, de la misma manera citamos a quien dijo que "el gobierno que no invierta en educación tarde temprano tendrá que invertir en armas" cruda realidad que estamos viviendo en México. La solución es la educación, sabemos que los resultados no los veremos en el corto plazo, pero es indispensable tomar acciones decididas en este sentido.

Proponemos exhortar a nuestra colegisladora para que a la hora de hacer los ajustes en el presupuesto se privilegie la educación como base fundamental para el desarrollo de México y que si es necesario recortar, que se recorte el gasto corriente en sueldos para la alta burocracia del gobierno, que se reduzcan sus viáticos, gastos por gasolina, chóferes y vehículos blindados.
Nuestra sociedad reclama mejores maestros, más preparados y con actitud de encaminar a toda una generación lejos de los vicios y la delincuencia, por lo que en lugar de quitarle recursos a la educación; debemos fortalecerla con la creación de más y mejores escuelas y no intentar desaparecer las ya creadas.

Como ejemplo, en el estado de Guerrero están apunto de cerrar la Escuela Normal de Ayotzinapa, con lo cual no estamos de acuerdo, ya que existen más de 150 mil niños sin maestro en la zona de la montaña, por lo que desaparecer esta escuela es un crimen contra la educación.
Compañeros hace unos días la Cámara de Diputados entregó la medalla "Eduardo Neri" al escritor y poeta Migue Luis León y Portilla, afirmo que: "En sus manos está el legislar en materia de educación lo que implica oponerse a la supresión de las escuelas normales, si ellas dejaran de existir a dónde se formarían los maestros; igualmente se requiere la revisión de los programas educativos en vista de los requerimientos actuales del país, es decir, la educación para qué, y la asignación de un adecuado presupuesto que haga posible la formación de millones de mexicanos"
Y aún más sentencio: "que se recorte en donde sea, pero nunca en la educación, o acaso nuestro destino es proporcionar mano de obra barata en las maquiladoras o marchar exponiendo la vida al vecino del norte, o simplemente percibir salarios de hambre o vivir del ambulantaje, o peor, de las acciones delictuosas".

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta Soberanía, con carácter de obvia resolución, el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

UNICO. El Senado de la Republica exhortar a la Cámara de Diputados para que en el proceso de análisis y aprobación del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2009, el gasto destinado a la educación pública no sea menor a ocho puntos porcentuales del Producto Interno Bruto.

SUSCRIBEN
SEN. JOSÉ LUIS MÁXIMO GARCÍA ZALVIDEA
SEN. FRANCISCO JAVIER CASTELLÓN FONSECA
SEN. LÁZARO MAZÓN ALONSO
SEN. SALOMÓN JARA CRUZ
SEN. RUBÉN FERNANDO VELÁZQUEZ LÓPEZ

EL GASTO DESTINADO A EDUCACIÓN PÚBLICA NO SEA MENOR A OCHO PUNTOS PORCENTUALES DEL PRODUCTO INTERNO BRUTO

Los sucritos Lázaro Mazón Alonso, Francisco Javier Castellón Fonseca, Salomón Jara Cruz, José Luis Máximo García Zalvidea y Rubén Fernando Velázquez López, Senadores del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LX Legislatura del H. Senado de la República, en ejercicio de la facultad que nos confieren los artículos 67 numeral 1 inciso b de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior, sometemos a la consideración de esta Soberanía, con carácter de urgente y obvia resolución, la proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes:

CONSIDERACIONES

En nuestra Carta Magna tenemos consagrado el derecho a la educación, pero como lo han denunciado grandes pensadores y filósofos, actualmente esa declaración de principios en nuestro país es letra muerta.
Las consideraciones en torno a la calidad en la educación en nuestro país, que se han vertido en esta alta Tribuna han sido muchas, pero todas en el mismo sentido y es que la misma, no reúne los requisitos mínimos que permitan dar a nuestros niños y jóvenes las oportunidades que requieren en un mundo globalizado y competitivo.

Basta recordar que las cifras sobre educación básica no son nada alentadoras, ya que somos el último lugar de los países socios de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), el cual señaló que en nuestro país uno de cada dos estudiantes se encuentra en el nivel cero y uno, y en varios estados de la república, el 70% de los alumnos no alcanzan ni lo mínimo indispensable para acceder a la sociedad moderna estos estados son: Chiapas, Tabasco, Oaxaca, Guerrero, Campeche, Puebla, Michoacán, Nayarit, Hidalgo, Sinaloa, Quintana Roo y Guanajuato.
En estos momentos nuestra colegisladora se encuentra en el análisis y discusión del presupuesto para el próximo ejercicio y debido a la crisis profunda que sufre nuestro principal socio comercial, las expectativas económicas para el próximo año son sombrías y desalentadoras, sobre todo, por la falta de previsión de mecanismos anticiclicos por parte de
los responsables de la economía nacional, por lo que seguramente habrá necesidad de ajustar el gasto en todos los rubros, pero hay materias como educación y salud, donde a pesar de la crisis deberemos redoblar esfuerzos asumiendo nuestra responsabilidad como legisladores, ya que si en estos momentos se deja de lado el apoyo para la educación, el circulo vicioso de pobreza e ignorancia se seguirá incrementando.

Hace dos años en esta misma Alta Tribuna pedimos que se asignara de manera efectiva el ocho porciento del Producto Interno Bruto a la educación, de la misma manera citamos a quien dijo que "el gobierno que no invierta en educación tarde temprano tendrá que invertir en armas" cruda realidad que estamos viviendo en México. La solución es la educación, sabemos que los resultados no los veremos en el corto plazo, pero es indispensable tomar acciones decididas en este sentido.

Proponemos exhortar a nuestra colegisladora para que a la hora de hacer los ajustes en el presupuesto se privilegie la educación como base fundamental para el desarrollo de México y que si es necesario recortar, que se recorte el gasto corriente en sueldos para la alta burocracia del gobierno, que se reduzcan sus viáticos, gastos por gasolina, chóferes y vehículos blindados.

Nuestra sociedad reclama mejores maestros, más preparados y con actitud de encaminar a toda una generación lejos de los vicios y la delincuencia, por lo que en lugar de quitarle recursos a la educación; debemos fortalecerla con la creación de más y mejores escuelas y no intentar desaparecer las ya creadas.

Como ejemplo, en el estado de Guerrero están apunto de cerrar la Escuela Normal de Ayotzinapa, con lo cual no estamos de acuerdo, ya que existen más de 150 mil niños sin maestro en la zona de la montaña, por lo que desaparecer esta escuela es un crimen contra la educación.
Compañeros hace unos días la Cámara de Diputados entregó la medalla "Eduardo Neri" al escritor y poeta Migue Luis León y Portilla, afirmo que: "En sus manos está el legislar en materia de educación lo que implica oponerse a la supresión de las escuelas normales, si ellas dejaran de existir a dónde se formarían los maestros; igualmente se requiere la revisión de los programas educativos en vista de los requerimientos actuales del país, es decir, la educación para qué, y la asignación de un adecuado presupuesto que haga posible la formación de millones de mexicanos"
Y aún más sentencio: "que se recorte en donde sea, pero nunca en la educación, o acaso nuestro destino es proporcionar mano de obra barata en las maquiladoras o marchar exponiendo la vida al vecino del norte, o simplemente percibir salarios de hambre o vivir del ambulantaje, o peor, de las acciones delictuosas".

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta Soberanía, con carácter de obvia resolución, el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

UNICO.
El Senado de la Republica exhortar a la Cámara de Diputados para que en el proceso de análisis y aprobación del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2009, el gasto destinado a la educación pública no sea menor a ocho puntos porcentuales del Producto Interno Bruto.
SUSCRIBEN
SEN. FRANCISCO JAVIER CASTELLÓN FONSECA
SEN. JOSÉ LUIS MÁXIMO GARCÍA ZALVIDEA
SEN. LÁZARO MAZÓN ALONSO
SEN. SALOMÓN JARA CRUZ
SEN. RUBÉN FERNANDO VELÁZQUEZ LÓPEZ

DETECCIÓN TEMPRANA Y TRATAMIENTO DEL CÁNCER DE MAMA EN MUJERES A PARTIR DE LOS 25 AÑOS


Los suscritos, José Luís García Zalvidea, Claudia Sofía Corichi García, Lázaro Mazón Alonso, Rubén Fernando Velázquez López, Antonio Mejía Haro, Tomás Torres Mercado y Salomón Jara Cruz, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LX Legislatura del H. Senado de la República, en ejercicio de la facultad que nos confiere el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Soberanía la siguiente propuesta con Punto de Acuerdo para solicitar que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2009 se considere la asignación de recursos suficientes para la Secretaría de Salud, a fin de desarrollar programas de prevención, detección temprana y tratamiento del cáncer de mama en mujeres a partir de los 25 años y de mantener los ya implementados para el cáncer cervicouterino.

CONSIDERACIONES



El cáncer de mama es ya la primera causa de muerte en su género, superando al cervicouterino, en mujeres de entre 35 y 59 años de edad, de acuerdo con los datos del Instituto Nacional de Cancerología (Incan) y se ha convertido en la primera causa también entre mujeres de 25 años y más en 15 entidades del país, como Jalisco, Distrito Federal, Nuevo León, Veracruz y el Estado de México, entre otros, según informa el programa de Cáncer de Mama del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva de la Secretaría de Salud. Y el pronóstico es a la alza. Hasta el 2005, las mujeres entre 25 y 59 años de edad, representaban casi el 25 por ciento de la población femenina total, o lo que es lo mimo, casi el 25 por ciento de la fuerza productiva femenina está en riesgo de contraer una enfermedad que puede ser mortal.

En los últimos años se han venido diagnosticando en el país alrededor 13 mil casos nuevos de cáncer de mama anuales, de los cuales 12 mil 500 se detectan en etapas avanzadas, lo que disminuye drásticamente el pronóstico de supervivencia de las pacientes. Todos los días mueren en México 12 mujeres por este mal y así, en sólo dos años el cáncer de mama superó los índices de mortalidad del cáncer cervicouterino, esto porque los programas de detección temprana y prevención del cáncer cervicouterino han logrado su cometido, que es lograr controlar las cifras del padecmiento.

Se desconocen hasta ahora las causas del cáncer de mama y los factores de riesgo van desde el género (los casos de cáncer de mama en hombres representan únicamente el 1 por ciento), hasta la predisposición genética o hereditaria, el uso de anticonceptivos orales o la ingesta de alcohol.


Un diagnóstico precoz es, pues, la única vía para mejorar las posibilidades de curación y de supervivencia.

Los métodos de prevención que se recomiendan son la autoexploración y, en caso de encontrar alguna irregularidad, la realización de una mastografía, es decir una radiografía del seno que puede detectar tumores desde los 4 milímetros de diámetro.

Según una estimación hecha por la Secretaría de Salud sobre los recursos mínimos necesarios para alcanzar coberturas de mastografía anuales, se requerirían 158 mastógrafos, 221 técnicos radiólogos y 190 radiólogos para prevenir 442 muertes cada año tan solo en el grupo de 50 a 69 años.

El tratamiento del cáncer de mama consiste, en términos generales en la tumerectomía, es decir, la erradicación del tumor y de una parte del tejido mamario, preservando sin embargo el pecho.

A veces este procedimiento se acompaña de la extracción de ganglios de la axila.

Cuando el tumor es más grande o cuando existen varios tumores en todo el pecho, se recurre a la mastectomía radical, es decir a la extracción de toda la glándula mamaria y de parte del músculo pectoral, así como de ganglios axilares.

Estos procedimientos quirúrgicos se acompañan, antes o después de tratamientos de radiación y quimioterapia y de tratamientos hormonales, más o menos largos, dependiendo de tamaño, el tipo y la ubicación del tumor.


El cáncer de mama es una enfermedad larga, cansada, devastadora, costosa y que afecta todos los aspectos de la vida de las mujeres que lo padecen;
Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente Proposición con


PUNTO DE ACUERDO


ÚNICO.-
El Senado de la República exhorta respetuosamente a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la H. Cámara de Diputados a que considere en el análisis, discusión y aprobación del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2009, la asignación de 250 millones de pesos para la Secretaría de Salud, a fin de desarrollar programas de prevención, detección temprana y tratamiento del cáncer de mama en mujeres a partir de los 25 años y de mantener los ya implementados para el cáncer cervicouterino.

SUSCRIBEN


SEN. JOSÉ LUIS GARCÍA ZALVIDEA
SEN. CLAUDIA SOFÍA CORICHI GARCÍA
SEN. TOMAS TORRES MERCADO
SEN. RUBÉN FERNANDO VELÁZQUEZ LÓPEZ
SEN. ANTONIO MEJÍA HARO
SEN. LÁZARO MAZÓN ALONSO
SEN. SALOMÓN JARA CRUZ

LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE


PARA MAS INFORMACION CONSULTAR
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UN ÚLTIMO PÁRRAFO AL ARTÍCULO 99 DE LA LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE


Los que suscriben, José Luis Máximo García Zalvidea, Antonio Mejía Haro, Rubén Fernando Velázquez López, Francisco Javier Castellón Fonseca, Lázaro Mazón Alonso, Claudia Sofía Corichi García, Salomón Jara Cruz y Silvano Aureoles Conejo senadores a la LX Legislatura del Congreso de la Unión con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea la presente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UN ÚLTIMO PÁRRAFO AL ARTÍCULO 99 DE LA LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE


D E C R E T O


Artículo Único.- Se adiciona un último párrafo al artículo 99 de la Ley General de Cultura Física y Deporte, para quedar como sigue:


Artículo 99.- Corresponde a la CONADE y a los organismos de los sectores públicos otorgar y promover en el ámbito de sus respectivas competencias, ayudas, subvenciones y reconocimientos a los deportistas, técnicos y organismos de cultura física y deporte ajustándose a lo dispuesto en la presente Ley, su Reglamento y en su caso, en la convocatoria correspondiente.

La CONADE promoverá y gestionará la constitución de fideicomisos destinados al otorgamiento de un reconocimiento económico vitalicio, a los deportistas que en representación oficial obtengan o hayan obtenido una o más medallas en Juegos Olímpicos o Paralímpicos.

La CONADE, regirá los criterios y bases para el otorgamiento y monto de la beca a que se harán acreedores los beneficiados por los fideicomisos creados para reconocimiento a medallistas olímpicos y paralímpicos.

Sin discriminación alguna, los deportistas con capacidades diferentes gozarán de las mismas ayudas, subvenciones, reconocimientos u otro estímulo similar que reciben los deportistas convencionales.

Transitorio


Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SUSCRIBEN

SEN. JOSÉ LUIS MÁXIMO GARCÍA ZALVIDEA
SEN. ANTONIO MEJÍA HARO
SEN. RUBÉN FERNANDO VELÁZQUEZ LÓPEZ
SEN. FRANCISCO JAVIER CASTELLÓN FONSECA
SEN. LÁZARO MAZÓN ALONSO
SEN. CLAUDIA SOFÍA CORICHI GARCÍA
SEN. SALOMÓN JARA CRUZ
SEN. SILVANO AUREOLES CONEJO

lunes, 19 de enero de 2009

PRODUCCIÓN NACIONAL DE VAINILLA

Los suscritos, José Luis García Zalvidea, Rubén Fernando Velázquez López y Antonio Mejía Haro, Senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LX Legislatura del H. Senado de la República, en ejercicio de la facultad que nos confieren los artículos 67 numeral 1 inciso b de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Soberanía, la siguiente: Proposición con Punto de Acuerdo con relación a la Producción Nacional de Vainilla.


PUNTO DE ACUERDO



Único. Ante los magros resultados del Programa de Producción de Vainilla en módulos de casa sobra, el Senado de la República exhorta respetuosamente al Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, C. Alberto Cárdenas Jiménez, a establecer un programa de apoyo a la producción nacional de vainilla basado en la cosecha de la misma en asociación con árboles de naranjo, transfiriendo los respectivos recursos contemplados en el Programa de Apoyos a la Competitividad por Ramas de Producción, y estableciendo en las correspondientes reglas de operación, mecanismos de apoyo directo al productor.


Suscriben

Sen. José Luis García Zalvidea
Sen. Rubén Fernando Velázquez López
Sen. Antonio Mejía Haro

CONSTRUCCÍON DE UNA MARINA EN EL PERQUE MARINO NACIONAL SISTEMA ARRECIFAL VERACRUZANO

Los suscritos, José Luis García Zalvidea, Rubén Fernando Velázquez López y Antonio Mejía Haro, Senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LX Legislatura del H. Senado de la República, en ejercicio de la facultad que nos confieren los artículos 67 numeral 1 inciso b de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Soberanía, la siguiente: Proposición con Punto de Acuerdo con relación a la construcción de una Marina en el Parque Marino Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano.

PUNTO DE ACUERDO


Único. El Senado de la República solicita respetuosamente al Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, C. Juan Rafael Elvira Quezada, remita a la brevedad posible un informe pormenorizado sobre las razones por las que se autorizó la Construcción de una Marina dentro del Área Natural Protegida denominada "Parque Marino Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano", en el municipio de Boca del Río.



Suscriben
Sen. José Luis García Zalvidea
Sen. Rubén Fernando Velázquez López
Sen. Antonio Mejía Haro

jueves, 15 de enero de 2009

PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR LA FELICITACIÓN AL COLEGIO DE MEXICO, A.C., EN OCASIÓN DEL 70 ANIVERSARIO DE LA FUNDACIÓN


Los que suscriben, Senadores José Luis Máximo García Zalvidea, Francisco Javier Castellón Fonseca, Lázaro Mazón Alonso y Rubén Fernando Velázquez López, integrantes del Grupo Parlamentario del PRD a la LX Legislatura de la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, sometemos a consideración de esta soberanía, con carácter de obvia resolución, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE EL SENADO DE LA REPÚBLICA FELICITA AL COLEGIO DE MEXICO, A.C., EN OCASIÓN DEL 70 ANIVERSARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA CASA DE ESPAÑA EN MÉXICO, de conformidad en las siguientes:

CONSIDERACIONES

PRIMERA.- Desde el inicio de la guerra civil en 1936, el gobierno del Presidente Lázaro Cárdenas se solidarizó con el gobierno republicano. Pero fue a Don Daniel Cosío Villegas -encargado de negocios en Portugal-, a quien antes que a nadie, se le ocurrió la idea de que México debía acoger a científicos e intelectuales españoles, para que continuaran sus actividades, mientras la República Española luchaba contra el fascismo y se decidía el futuro de España y en previsión de que la República fuese derrotada.

Cosío Villegas fue comisionado por Cárdenas a Valencia y entre enero y julio de 1937, elaboró listas de posibles invitados con base en informes pedidos al Instituto de Cooperación Intelectual de París y a la Junta de Cultura Española creada por la República. Ambas organizaciones se dedicaban en esos momentos a ayudar a los intelectuales en problemas a consecuencia de la guerra.

La llegada de los refugiados científicos a México, se llevó a cabo en dos etapas. La primera en octubre de 1938, con la creación de la Casa de España en México, "para que sirva de centro de reunión y de trabajo -por un plazo mínimo de un año, susceptible de prorrogarse por un tiempo mayor- a los hasta ahora invitados, a otros a quienes más tarde se invite y a tres españoles ya residentes en México: el doctor Luis Recaséns Siches, profesor de la Facultad de Derecho de Madrid y los escritores José Moreno Villa y León Felipe Camino.
La labor intelectual de los maestros españoles acogidos en La Casa de España, fue muy grande desde un principio. En unos cuantos meses, gracias a su actividad incesante en la cátedra universitaria, tanto en la Universidad Nacional Autónoma de México, como en el Instituto Politécnico Nacional, en las conferencias, cursillos ofrecidos en diversas universidades de provincia, en la publicación de libros, a las relaciones entre los maestros españoles y los discípulos mexicanos, el panorama cultural de México se vio sacudido, enriquecido con aires renovadores que provocaron un gran entusiasmo en muchos mexicanos.
La filosofía, historia, literatura, artes plásticas, medicina, física, química y tantas disciplinas más, recibieron de pronto una inyección de energía revitalizadora que las puso en contacto con lo más nuevo, lo más al día del conocimiento europeo reelaborado en español durante años en la España de la Restauración y de la República.
SEGUNDA.- Como era previsible, Alfonso Reyes aplaudió con entusiasmo la decisión de su gobierno, encabezado por el presidente Lázaro Cárdenas, de ofrecer asilo temporal en México a varios intelectuales españoles. Más aún, en 1939 aceptó emocionado concluir su misión diplomática para volver al país a dirigir La Casa de España en México, institución que serviría de centro de reunión y de trabajo para algunos de los intelectuales españoles que se trasladaran a México, los que recibirían en ella todos los elementos de trabajo para que su labor fuera exitosa y fructífera.

Desde un principio, Alfonso Reyes dijo que dirigir La Casa de España era un gran honor que le había deparado la suerte, puesto que a muchos de los intelectuales españoles que reencontró en México al término de la Guerra Civil los había conocido y querido «en medio de la labor compartida» de sus años madrileños. A partir de 1939 volvieron a compartir labores y esfuerzos, pero ahora en México. El exiliado y protegido de ayer pasó a ser, poco más de veinte años después, el anfitrión y el protector. En esta ocasión el destino fue atinado: Reyes no sólo conocía y amaba a muchos de esos españoles, sino que compartía su ideología política y comprendía a cabalidad sus sentimientos de incertidumbre y vulnerabilidad.
Dirigir La Casa de España y El Colegio de México hasta su muerte, acaecida en 1959, sirvió también para que Reyes cumpliera un compromiso compartido con sus amigos y compañeros de generación.
La relación entre ilustres nombres de españoles como Daniel Cosío Villegas, León Felipe, Luis Recasens Siches, o José Gao con grandes figuras de las letras y las ciencias mexicanas como Alfonso Reyes, Gustavo Baz o Eduardo Villaseñor lo convirtieron desde sus orígenes en uno de los más prestigiosos centros académicos de Iberoamérica. Se trata de una institución de investigación y docencia dedicada formar recursos humanos de alto nivel en diversos campos de las ciencias sociales y las humanidades, además de editar libros y revistas sobre asuntos y materias asociados a sus actividades y de colaborar con otras instituciones nacionales e internacionales para la realización de proyectos comunes.
TERCERA.- El Colegio de México, que ha sabido preservar unos rasgos de identidad españoles sin dejar por ello de ser plenamente mexicana, actuó como foco de irradiación de la cultura española durante el período en el que no existieron relaciones diplomáticas con España. Ha sido uno de los agentes más activos y responsables de los procesos de educación y de modernización no sólo de México sino de toda Iberoamérica. En su más de medio siglo de existencia se ha convertido en uno de los espacios clave de la integración iberoamericana en los más altos órdenes del saber y de la cultura.

El Colegio de México, que cuenta desde 1997 con la Cátedra Azaña, dotada por el gobierno español, ha conseguido asimismo fortalecer los vínculos de ambos países. Para el desarrollo de sus actividades cuenta actualmente con siete centros de estudios: Históricos, Lingüísticos y Literarios, Internacionales, Económicos, Demográficos y de Desarrollo Urbano, de Asia y África y Sociológicos. En lo que se refiere a las labores de docencia y formación de recursos humanos, vinculados estrechamente con sus tareas de investigación, el Colegio de México cuenta con seis programas de doctorado, cuatro maestrías, dos licenciaturas y cuatro especializaciones, dando cabida a estudiantes tanto mexicanos como procedentes de otros países, especialmente de América Latina. El Colegio de México publica cada año alrededor de cien títulos y sus centros elaboran revistas periódicas de difusión nacional e internacional.
Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente Proposición con Punto de
ACUERDO

ÚNICO.- El Senado de la República hace un reconocimiento a la destacada labor científica y académica, y envía una felicitación al Colegio de México A.C., en ocasión del 70 aniversario de "La Casa de España" en México, la cual por decisión del Presidente Lázaro Cárdenas fue fundada para acoger a los científicos e intelectuales de ese país ante la guerra civil.

SUSCRIBEN
SEN. JOSÉ LUIS MÁXIMO GARCÍA ZALVIDEA
SEN. FRANCISCO JAVIER CASTELLÓN FONSECA
SEN. LÁZARO MAZÓN ALONSO
SEN. RUBÉN FERNANDO VELÁZQUEZ LÓPEZ