Los suscritos, José Luis García Zalvidea, Rubén Fernando Velázquez López y Antonio Mejía Haro, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la LX Legislatura del H. Senado de la Republica, en ejercicio de la facultad que nos confiere el Art. 61 numeral 1 inciso b de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso general de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Soberanía, con carácter urgente, la siguiente: Proposición con punto de acuerdo con relación al pago del IDE por parte de los transportistas, al tenor de las presente:
CONSIDERACIONES
El sector de transportistas en el país he realizado múltiples demandas en defensa de la economía de su sector, seriamente afectado tanto por la actual crisis, como por la falta de atención en diversos niveles de gobierno. Recientemente, fuimos testigos directos de su movilización, y su llamado de “auxilio”, frente a las alzas en el diesel, el incremento de sus costos de mantenimiento y otros gastos relacionados a su actividad.
De forma especial escuchamos la demanda respecto a la eliminación del Impuesto Especial a Tasa Única (IETU), así como del Impuesto a los depósitos en Efectivo (IDE), por lo imposición de modalidades a la propiedad, así como por los costos para su administración.
Considerando lo anteriormente expuesto, la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca del Senado del la Republica se propuso como objetivo, emprender las reformas legislativas necesarias para fortalecer la certificación voluntaria de predios, la cual constituye un instrumento complementario a las áreas naturales protegidas establecidas mediante decreto, con los beneficios que representan menos carga administrativa, financiera, material y humana para la autoridad; cumplen eficazmente con sus objetivos al ser de naturaleza voluntaria, y estimulan a la sociedad en general para el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales.
De esta forma, el pasado 16 de mayo de 2008, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación un decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente, para fortalecer la certificación voluntaria de predios, con lo cual se abrió la puerta para que particulares, organizaciones sociales y, en general, cualquier persona interesada pueda participar en la protección del medio ambiente al destinar voluntariamente los terrenos de su propiedad a acciones de conservación, recibiendo a cambio un certificado que acredita a dichos predios como áreas naturales protegidas de competencia de la Federación, bajo la categoría de “áreas destinadas voluntariamente a la conservación”
No obstante que la entrada en vigor de esta decreto representó un paso importante para que la sociedad participe activamente en la gestión de los recursos naturales de nuestro país, mediante un instrumento flexible y sin costos para el Estado, como todo mecanismo jurídico, las áreas destinadas voluntariamente a la conversación requieren de una adecuada instrumentación para el cumplimiento de sus objetivos.
En tal sentido, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales ha realizado diversas acciones a fin de dar cabal cumplimiento a las disposiciones legales que entraron en vigor. Dentro de dichas acciones, destaca la aparición de esta figura jurídica en el portal electrónico de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, en su calidad de órgano desconcentrado encargado de otorgar los certificados correspondientes, explicando el contenido y alcances de las reformas a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al ambiente en materia de certificación voluntaria de predios, y poniendo a disposición de cualquier persona interesada información relacionada con el tema.
Dentro de dicha información, se destaca que “Este mecanismo de conservación ha sido bien aceptado por la sociedad civil, por lo que existe un importante número de reservas privadas y/o comunitarias que se han certificado en el lapso entre Junio de 2002 y septiembre de 2008. Actualmente se cuenta con un total de 177 áreas certificadas en 15 estados del país que significan más de 207, 887 hectáreas y en ellas participan, entre otros, 9 grupos étnicos que involucran a cerca de 70 000 ciudadanos mexicanos”. Entre dichos estados de la República, destacan Oaxaca, Guerrero, Nuevo León, Nayarit, Veracruz y Chiapas, por contar con la mayor cantidad de predios y superficie bajo la modalidad de áreas destinadas voluntariamente a la conservación.
En el Estado de Chiapas existen dos áreas certificadas por pequeños propietarios, las cuales suman aproximadamente 350 hectáreas; pero, el potencial para el uso de este instrumento es enorme y la riqueza natural del Estado es evidente.
Sin embargo, en términos jurídicos resulta fundamental la expedición y/o modificación de la normatividad secundaria correspondiente, a fin de proveer en la esfera administrativaza exacta observancia de las disposiciones legales relativas a las áreas destinadas voluntariamente a la conservación, por lo que el ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO del multicitado decreto prevé la realización de las reformas necesarias al Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Áreas Naturales Protegidas.
Considerando que hasta la fecha no han sido publicadas dichas modificaciones a la legislación secundaria, y que, sin una adecuada reglamentación, la voluntad del legislador consagrada dentro de las leyes que éste emite no puede aplicarse de manera adecuada, los Senadores que suscribimos el presente punto de acuerdo estimamos conveniente que esta Soberanía se dirige respetuosamente al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a fin de consultar el Estado que guarda la expedición de las modificaciones al Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente en materia de Áreas Naturales Protegidas, derivadas de las reformas publicadas el 16 de mayo de 2008 en el Diario Oficial de la Federación.
Sin duda alguna, quienes integramos el Congreso de la Unión tenemos la alta responsabilidad de expedir la legislación que atienda a las necesidades del país, pero también debemos dar el seguimiento correspondiente a nuestros trabajos, por lo que en atención a que la materia del presente punto de acuerdo se refiere a un tema impulsado en el Senado de la República, los Senadores que suscribimos la presente proposición, solicitamos el apoyo de esta Honorable Asamblea para que sea aprobada.
Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de ésta H. Asamblea, con carácter de urgente, la siguiente proposición con:
PUNTO DE ACUERDO
UNICO.- El Senado de la República solicita al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Juan Rafael Elvira Quezada, el envío de un informe detallado y pormenorizado, respecto del estado que guardan las modificaciones al Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de Áreas Naturales Protegidas, derivadas del ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para fortalecer la certificación voluntaria de predios, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2008.
De forma especial escuchamos la demanda respecto a la eliminación del Impuesto Especial a Tasa Única (IETU), así como del Impuesto a los depósitos en Efectivo (IDE), por lo imposición de modalidades a la propiedad, así como por los costos para su administración.
Considerando lo anteriormente expuesto, la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca del Senado del la Republica se propuso como objetivo, emprender las reformas legislativas necesarias para fortalecer la certificación voluntaria de predios, la cual constituye un instrumento complementario a las áreas naturales protegidas establecidas mediante decreto, con los beneficios que representan menos carga administrativa, financiera, material y humana para la autoridad; cumplen eficazmente con sus objetivos al ser de naturaleza voluntaria, y estimulan a la sociedad en general para el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales.
De esta forma, el pasado 16 de mayo de 2008, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación un decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente, para fortalecer la certificación voluntaria de predios, con lo cual se abrió la puerta para que particulares, organizaciones sociales y, en general, cualquier persona interesada pueda participar en la protección del medio ambiente al destinar voluntariamente los terrenos de su propiedad a acciones de conservación, recibiendo a cambio un certificado que acredita a dichos predios como áreas naturales protegidas de competencia de la Federación, bajo la categoría de “áreas destinadas voluntariamente a la conservación”
No obstante que la entrada en vigor de esta decreto representó un paso importante para que la sociedad participe activamente en la gestión de los recursos naturales de nuestro país, mediante un instrumento flexible y sin costos para el Estado, como todo mecanismo jurídico, las áreas destinadas voluntariamente a la conversación requieren de una adecuada instrumentación para el cumplimiento de sus objetivos.
En tal sentido, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales ha realizado diversas acciones a fin de dar cabal cumplimiento a las disposiciones legales que entraron en vigor. Dentro de dichas acciones, destaca la aparición de esta figura jurídica en el portal electrónico de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, en su calidad de órgano desconcentrado encargado de otorgar los certificados correspondientes, explicando el contenido y alcances de las reformas a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al ambiente en materia de certificación voluntaria de predios, y poniendo a disposición de cualquier persona interesada información relacionada con el tema.
Dentro de dicha información, se destaca que “Este mecanismo de conservación ha sido bien aceptado por la sociedad civil, por lo que existe un importante número de reservas privadas y/o comunitarias que se han certificado en el lapso entre Junio de 2002 y septiembre de 2008. Actualmente se cuenta con un total de 177 áreas certificadas en 15 estados del país que significan más de 207, 887 hectáreas y en ellas participan, entre otros, 9 grupos étnicos que involucran a cerca de 70 000 ciudadanos mexicanos”. Entre dichos estados de la República, destacan Oaxaca, Guerrero, Nuevo León, Nayarit, Veracruz y Chiapas, por contar con la mayor cantidad de predios y superficie bajo la modalidad de áreas destinadas voluntariamente a la conservación.
En el Estado de Chiapas existen dos áreas certificadas por pequeños propietarios, las cuales suman aproximadamente 350 hectáreas; pero, el potencial para el uso de este instrumento es enorme y la riqueza natural del Estado es evidente.
Sin embargo, en términos jurídicos resulta fundamental la expedición y/o modificación de la normatividad secundaria correspondiente, a fin de proveer en la esfera administrativaza exacta observancia de las disposiciones legales relativas a las áreas destinadas voluntariamente a la conservación, por lo que el ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO del multicitado decreto prevé la realización de las reformas necesarias al Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Áreas Naturales Protegidas.
Considerando que hasta la fecha no han sido publicadas dichas modificaciones a la legislación secundaria, y que, sin una adecuada reglamentación, la voluntad del legislador consagrada dentro de las leyes que éste emite no puede aplicarse de manera adecuada, los Senadores que suscribimos el presente punto de acuerdo estimamos conveniente que esta Soberanía se dirige respetuosamente al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a fin de consultar el Estado que guarda la expedición de las modificaciones al Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente en materia de Áreas Naturales Protegidas, derivadas de las reformas publicadas el 16 de mayo de 2008 en el Diario Oficial de la Federación.
Sin duda alguna, quienes integramos el Congreso de la Unión tenemos la alta responsabilidad de expedir la legislación que atienda a las necesidades del país, pero también debemos dar el seguimiento correspondiente a nuestros trabajos, por lo que en atención a que la materia del presente punto de acuerdo se refiere a un tema impulsado en el Senado de la República, los Senadores que suscribimos la presente proposición, solicitamos el apoyo de esta Honorable Asamblea para que sea aprobada.
Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de ésta H. Asamblea, con carácter de urgente, la siguiente proposición con:
PUNTO DE ACUERDO
UNICO.- El Senado de la República solicita al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Juan Rafael Elvira Quezada, el envío de un informe detallado y pormenorizado, respecto del estado que guardan las modificaciones al Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de Áreas Naturales Protegidas, derivadas del ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para fortalecer la certificación voluntaria de predios, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2008.
SUSCRIBEN
Sen. José Luis García Zalvidea
Sen. Antonio Mejía Haro
Sen. Rubén Fernando Velázquez López
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