miércoles, 25 de febrero de 2009

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO DEL ARTÍCULO 37 DE LA LEY ORGÁNICA PARA CREAR LA UNIDAD DE INTELIGENCIA PATRIMONIAL

Los suscritos, José Luis García Zalvidea, Rubén Fernando Velázquez López, Rosalinda López Hernández y Antonio Mejía Haro integrantes a la LX Legislatura del Congreso de la Unión con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea la presente Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se Reforma y Adiciona la fracción XV del artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para crear la Unidad de Inteligencia Patrimonial de la Secretaría de la Función Pública, de conformidad con la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


PRIMERA.-
El tema de la corrupción en México es un tema tan complejo como delicado, y que urge abordar frontalmente para poder lidiar con ella de manera efectiva. La corrupción es compleja por la cantidad de facetas o aspectos que presenta y es delicado por que la vida nacional se ha visto profundamente afectada por su omnipresencia.

El tráfico de influencias, el contrabando, el soborno, el peculado, el uso particular de bienes públicos y la impunidad son modalidades de la corrupción.


Se trata, como puede apreciarse, de prácticas por todos conocidos y que lamentablemente nos resultan hasta familiares. Lo que, sin embargo, la gente resiente pero no comprende es que la corrupción significa, de manera gradual la destrucción de la vida institucional, el desprecio de la legalidad y el triunfo de la ilegitimidad. Una sociedad corrupta no puede ser sino ser una sociedad en un estado en descomposición y, por consiguiente, tiene necesariamente que ser una sociedad injusta.


SEGUNDA.- La corrupción no tiene especificaciones de tiempo o lugar. Es intemporal, y si bien es un problema de los individuos que muestran conductas ilícitas es también resultado de una sociedad que funciona con un sistema que no es el apropiado.
De ahí que la problemática que encierra la corrupción representa el mayor de los desafíos y es motivo de preocupación para el Estado moderno. Como antídoto, nada mejor que hacer efectiva la división de poderes como la forma adecuada del control, porque es el recurso que permite cumplir con uno de los supuestos básicos del Estado democrático: honesto, defensor de las libertades públicas, transparente en el funcionamiento, y dialogante con los ciudadanos.
Es una realidad que si bien en las naciones latinoamericanas sus regímenes republicanos contemplan una división formal de poderes, en los hechos no se ha ejercido a plenitud por cuestiones de sociología política y razones históricas. Estas sociedades, de alguna forma invertebradas, carecen por tanto de estructuras administrativas estables que le dan solidez y viabilidad a un estado moderno. Este estado embrionario de institucionalización en nuestro suelo impide la vigilancia pública del desempeño del aparato gubernamental, esto es, se cancelan los canales por donde la sociedad efectúa sus tareas de vigilancia. Desde esta óptica, podríamos decir que le falta vitalidad a la sociedad civil, entendida como diversidad y fortaleza organizacional.
Para lograr la transparencia también es importante tener como aliado el funcionamiento adecuado de instituciones democráticas, una prensa libre y acceso abierto del público a la información relacionada con el ejercicio del poder y las actividades gubernamentales. A toda esta estructura deben de sumarse los órganos de control y el afianzamiento del sistema de impartición de justicia, esto último es así porque el sistema institucional de una nación depende de la vigilancia del poder judicial.


TERCERA.- Recordemos que el narcotráfico ha utilizado su gran poder económico y la corrupción para infiltrarse en las estructuras del Estado. Es reciente la difusión de los sobornos y la corruptela que prevaleció en la Procuraduría General de la República o la Secretaría de Seguridad Pública.


La delincuencia organizada corrompe con dinero: se paga para no ser detenido, para en caso de serlo, no ser condenado y, en caso de serlo, poder escapar de la prisión.


Se paga también por información sobre posibles operativos policíacos, para poder eludirlos, y también por información sobre "traidores" y sobre las actividades de las bandas competidoras.
Incluso se paga para usar al Estado en contra de las bandas competidoras. Más aún, en ocasiones el Estado trabaja para los narcos: no sólo no los persigue sino que les da protección. De hecho, éste es el mejor escenario para los narcotraficantes: uno en el cual el Estado es relativamente eficiente en varias áreas salvo en perseguirlos.


CUARTA.- En este sentido, la creación de una Unidad de Inteligencia Patrimonial bajo el mando de la Secretaría de la Función Pública, permitirá al Estado contar con nuevas herramientas para identificar y castigar a los servidores públicos, que al amparo de su encargo pretendan enriquecerse a costa de la economía nacional o comprometiendo el buen ejercicio de sus funciones.


Es responsabilidad de todo Estado y más aún de aquellos que como el nuestro tienen aspiraciones democráticas, investigar y combatir el tráfico de influencias, procurar el fortalecimiento institucional y erradicar prácticas tan deleznables como la corrupción; para tales efectos es indispensable contar con mecanismos e instituciones eficaces, capaces no sólo de allegarse de la información patrimonial de los servidores públicos, sino también de procesarla y analizarla, con base en estrategias adecuadas de información, para identificar anomalías en el ejercicio de la función pública, siempre bajo criterios de responsabilidad, transparencia y protección a la confidencialidad de los datos recabados.


Cabe señalar, que si bien, el organismo aquí propuesto compartirá atribuciones con la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; no se están creando estructuras paralelas, dado que las metodologías y criterios de investigación que usa aquella, no son ni han de ser, por cuestiones de límites competenciales, los idóneos para identificar comportamientos extraños en los servidores públicos, asunto que sí es de injerencia directa de la Secretaría de la Función Pública. Estamos hablando pues de una oficina que contará con información de primera mano para coadyuvar en el cumplimiento de la facultad primordial de dicho despacho.


Finalmente, es importante mencionar que la creación de ésta unidad, responde a una de las más fuertes demandas de la sociedad civil, en el sentido de dotar al Estado de mejores atribuciones para la investigación y pesquisa de funcionarios que han abandonado los criterios éticos que deben regir su comportamiento público.


Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta H. Asamblea el siguiente proyecto de:


DECRETO


Artículo Único.-
Se reforma y adiciona la fracción XV del artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, para quedar como sigue:

Artículo 37.- A la Secretaría de la Función Pública corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
I a XIV...
XV. Recibir y registrar las declaraciones patrimoniales que deban presentar los servidores públicos de la Administración Pública Federal, y verificar su contenido a través de la Unidad de Inteligencia Patrimonial, la cual procesará y realizará análisis de datos y llevará a cabo investigaciones y pesquisas que fueren pertinentes para cumplir con la legislación aplicable;
XVI a XXVII...
Transitorio


Único.-
El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Suscriben
Sen. José Luis Máximo García Zalvidea
Sen. Rubén Fernando Velázquez López
Sen. Rosalinda López Hernández
Sen. Antonio Mejía Haro

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