miércoles, 25 de febrero de 2009

PUNTO DE ACUERDO CON RELACIÓN A LA PREVENCIÓN, COMBATE Y SANCIÓN DE LA TRATA DE PERSONAS

Los suscritos, José Luis García Zalvidea, Rubén Fernando Velázquez López, Antonio Mejía Haro, Lázaro Mazón Alonso, Salomón Jara Cruz y Héctor Miguel Bautista López senadores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LX Legislatura del H. Senado de la República, en ejercicio de la facultad que nos confieren los artículos 67 numeral 1 inciso b de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Soberanía, con carácter de urgente la siguiente: Proposición con Punto de Acuerdo por el que se extienden respetuosos exhortosal Titular del Poder Ejecutivo Federal y a las Legislaturas de las Entidades Federativas, con relación a la prevención, combate y sanción de la Trata de Personas, al tenor de las siguientes:

CONSIDERACIONES


La trata de personas es uno de los delitos de mayor impacto en la sociedad mexicana, dada la naturaleza de nuestro país como sitio de álgido tránsito migratorio, su carácter de expulsor y receptor de migrantes y la fuerte vinculación de éste ilícito con tal fenómeno.

Sus víctimas, ven menos cabadas las cualidades que nos distinguen como humanos al asimilárseles a mercancías u objetos; bien han señalado los especialistas que ésta es una forma de esclavitud moderna, en la que un ser humano es sometido a condiciones de explotación sexual y comercial en detrimento de sus más elementales libertades personales.


Éste, es el tercer mayor negocio transfronterizo, aunque se calcula que sin mecanismos jurídicos y administrativos que le confronten efectivamente, tal actividad ocupará en menos de diez años, el primer lugar por su amplia rentabilidad -los traficantes ganan entre 4 mil y hasta 50 mil dólares por persona, dependiendo del lugar de origen y destino de la víctima- así como por la facilidad para explotar a las víctimas, aprovechando condiciones de vulnerabilidad tales como pobreza, género, minoría de edad o raza.


Es a la vez, un crimen base para establecer y afianzar de redes de pornografía infantil, prostitución, explotación laboral y tráfico de drogas.


En este sentido, México ha contraído sendos compromisos internacionales para su combate, de entre los que destacan los derivados de la "Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional", firmada en Palermo en el año 2000, y el "Protocolo para Prevenir, reprimir y sancionar la Trata de Personas especialmente de mujeres y niños", complementario a la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional del mismo año.

Dichos compromisos, no han sido cumplidos cabalmente por nuestro Estado, lo que pone en evidencia la absurda negación de los derechos humanos de sus víctimas.
Cabe señalar, que el "Informe del Departamento de Estado sobre la Trata de Personas de 2008", elaborado por aquella dependencia de los Estados Unidos, señala que "de acuerdo con el gobierno mexicano, hasta veinte mil niños son víctimas de explotación sexual comercial en México cada año, especialmente en zonas turísticas y fronterizas", y puntualiza que el turismo sexual tiene una tendencia a la alza, hallándose como el destino de cada vez más pedófilos procedentes de Estados Unidos, Canadá y Europa, y siendo la mayoría de las víctimas, procedentes de Centroamérica. Asimismo, tal documento es contundente al apuntar que "No hubo esfuerzos por investigar o procesar crímenes de explotación laboral, a pesar de los reportes sobre mexicanos, centroamericanos y otros ciudadanos extranjeros que son sujetos de explotación laboral en México".

Lamentablemente el informe del país vecino no está alejado de la verdad, pues pese a que en febrero de 2008, la Procuraduría General de la República conformó una nueva unidad contra la trata, llamada "Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas", desde junio de 2007, el gobierno federal sólo ha arrestado a siete personas sospechosas de aquel delito, sin que a la fecha hayan sido sentenciadas éstas u otras personas acusadas del mismo delito.

Es necesario señalar que la inactividad del Ejecutivo en este caso, anula los logros obtenidos por el Congreso. Me refiero en específico al hecho de que luego de un amplio proceso de análisis y discusión con los diversos actores especialistas en la materia, el 27 de noviembre de 2007, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, dispositivo que pretendía dotar de nuevas herramientas para el combate a este ilícito, pero que no ha podido entrar en completa operatividad, dado que no ha sido publicado su reglamento, pese a que su artículo segundo transitorio, estableció un término de ciento veinte días hábiles para que el Ejecutivo Federal lo publicara; hecho que justifica el exhorto aquí contenido.

Asimismo, es necesario que las Entidades Federativas revisen la legislación local en la materia y la adecuen a la realidad actual, pues si bien es cierto que los 31 estados de México y el Distrito Federal prevén en sus códigos penales sendos aspectos de la trata de personas, también lo es el que sólo Chihuahua, Guerrero, el Estado de México, Sonora y Zacatecas han promulgado leyes especiales contra la trata, lo cual constituye la segunda parte de nuestro exhorto.
Es necesario que el Estado deje de delegar a organizaciones no gubernamentales e internacionales, parte de sus obligaciones de prevención, protección y asistencia a las víctimas de la trata, cuestiones que en gran parte se resolverían dando cumplimiento a los dos exhortos antes mencionados; lo que facilitaría castigar a los tratantes por sus crímenes, aumentar la asistencia a las víctimas, luchar contra la complicidad de funcionarios públicos, identificar a las víctimas (actuales o potenciales) en sectores vulnerables, entre otras cosas.
Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta asamblea, con carácter de urgente, el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO


Primero. El Senado de la República extiende un respetuoso exhorto al titular del Poder Ejecutivo Federal, a efecto de que se publique a la brevedad posible el Reglamento de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas, para poder dar cumplimiento a los diversos instrumentos internacionales en la materia.


Segundo. El Senado de la República extiende un respetuoso exhorto a las Legislaturas de los Estados y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para que en el marco de sus competencias, revisen la legislación relativa a la prevención, combate y sanción de la trata de personas e incorporen reformas que permitan dar cumplimiento a los diversos instrumentos internacionales en la materia.


SUSCRIBEN
Sen. José Luis García Zalvidea
Sen. Rubén Velázquez López
Sen. Antonio Mejía Haro
Sen. Lázaro Mazón Alonso
Sen. Salomón Jara Cruz
Sen. Héctor Miguel Bautista López

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