Los suscritos, José Luis García Zalvidea, Rubén Fernando Velázquez López, Antonio Mejía Haro y Lázaro Mazón Alonso, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática Senadores integrantes de la LX Legislatura del H. Senado de la República en ejercicio de la facultad que nos confieren los artículos 67 numeral 1 inciso b de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta Comisión Permanente, la siguiente: Proposición con Punto de Acuerdo con relación a la quema de bosques y selvas con fines especulativos, al tenor de las presentes:
CONSIDERACIONES
En sendas ocasiones, los integrantes de mi grupo parlamentario, hemos presentado instrumentos legislativos relacionados con la prevención y control de incendios forestales, señalando que si bien las causas inmediatas que dan lugar a aquellos pueden ser muy variadas, en casi todos ellos se dan los mismos presupuestos, esto es, la existencia de grandes masas de vegetación en concurrencia con periodos más o menos prolongados de sequía, la acción negligente del hombre, ya sea mediante la tala inmoderada de árboles, la quema incontrolada de cultivos, el uso inconsciente de combustibles y hasta la quema intencional de tierras en algunos conflictos, sobretodo de carácter agrario.
En esta ocasión, nos referiremos a éste último y lamentable supuesto: la quema intencional. En días pasados, el Ing. Juan Rafael Elvira Quezada, informó sobre las acciones de detección, prevención y combate que la dependencia a su cargo ha implementado para evitar que se atente contra el medio ambiente con fines especulativos, pues a efecto de poder cambiar el uso de suelo u obtener autorizaciones en materia de impacto ambiental de bosques y selvas, han surgido incendiarios que apuestan por acabar con los recursos naturales de terrenos que urbanizados adquirirían mayor valor económico.
En particular, se destacó el caso de Quintana Roo, donde se ha comprobado fehacientemente que 14 de los 26 incendios activos en la zona norte de la entidad están vinculados al crecimiento de la mancha urbana.
En este contexto y a efecto de desincentivar tales ilícitos, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, anunció acciones específicas, que consideramos plausibles, tal como levantar el polígono del área afectada, para -a través del Diario Oficial de la Federación- dar aviso de que dicha superficie fue quemada de manera “accidental o dolosa”, dejando constancia en el Registro Nacional Forestal; lo cual anula de plano cualquier posibilidad de cambio de uso de suelo o autorización de impacto ambiental al imponer una veda por 20 años a dicho terreno a efecto de que quede destinado a su vocación original, situación que quedará inscrita como gravamen en el Registro Público de la Propiedad.
Asimismo, se señaló que la SEMARNAT actuará de manera coordinada con los municipios que correspondan, para que estos no otorguen licencias de construcción en tales áreas.
Lo anterior es de reconocerse, pues si bien, los incendios son un mecanismo natural de control que renueva la población vegetal y fertiliza el bosque, en éstos casos de especulación se rompe el frágil equilibrio ecológico, por lo que su recuperación se vuelve difícil y tardía, en detrimento de nuestra riqueza forestal.
En este contexto es ilustrativo el caso de Quintana Roo, donde entre el 1 de enero y el 14 de abril del presente año se han combatido y liquidado 43 incendios forestales que afectaron 634 hectáreas, correspondientes en su mayor parte a vegetación arbustiva. A diferencia de la estadística nacional, que arroja un 7% menos de incendios y un 23% menos de hectáreas afectadas, con respecto al 2008, la superficie afectada en la entidad, ha tenido un incremento de 60 por ciento, mientras que el número de incendios es prácticamente igual al del año pasado, siendo quizá la principal causa, la deliberada especulación ya reseñada.
En el artículo 28 de la LGEEPA, se señalan los casos en los que se requerirá previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría, destacando los siguientes:
V.- Aprovechamientos forestales en selvas tropicales y especies de difícil regeneración;
VII.- Cambios de uso del suelo de áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas;
IX.- Desarrollos inmobiliarios que afecten los ecosistemas costeros;
X.- Obras y actividades en humedales, manglares, lagunas, ríos, lagos y esteros conectados con el mar, así como en sus litorales o zonas federales;
XI.- Obras en áreas naturales protegidas de competencia de la Federación;
En este sentido, es fundamental la rápida actuación de la SEMARNAT, en virtud de que el párrafo tercero del artículo antes invocado, establece una afirmativa ficta, al señalar que: “Una vez recibida la documentación de los interesados, la Secretaría, en un plazo no mayor a treinta días, les comunicará si procede o no la presentación de una manifestación de impacto ambiental, así como la modalidad y el plazo para hacerlo. Transcurrido el plazo señalado, sin que la Secretaría emita la comunicación correspondiente, se entenderá que no es necesaria la presentación de una manifestación de impacto ambiental”.
Cabe señalar, que los bosques tropicales del estado de Quintana Roo requieren especial protección, pues son una de las principales zonas de extracción comercial de caoba y cedro rojo en nuestro país, siendo entonces obligado preguntarnos ¿Cómo utilizamos de manera responsable y sostenible éstos recursos? y ¿A qué se debe su acelerada pérdida?
Estudios recientes1 señalan que la riqueza de especies de árboles no está amenazada por la explotación forestal comunitaria de Quintana Roo, como se efectúa actualmente, en particular debido a que la mayor parte de las especies endémicas se encuentran en tipos de vegetación no utilizados para dicha actividad; sino a la sobreexplotación ilegal y a la deliberada destrucción –sin aprovechamiento siquiera- de los bosques y selvas. Por ello, destacan como oportunas las medidas anunciadas e implementadas por la SEMARNAT.
Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de ésta Comisión Permanente, la siguiente proposición con:
PUNTO DE ACUERDO
PRIMERO.
La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión reconoce como adecuadas las medidas implementadas por el C. Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Ing. Juan Rafael Elvira Quesada, a efecto de evitar que mediante quemas provocadas se cambie el uso de suelo o se otorguen autorizaciones en materia de impacto ambiental de bosques y selvas, y lo exhorta a mantener la estricta vigilancia que en materia de incendios forestales se ha implementado; solicitándose un informe detallado y pormenorizado al respecto. SEGUNDO. La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta al C. Procurador Federal de Protección al Ambiente, Patricio Patrón Laviada, a continuar investigando de manera exhaustiva los casos de quema de bosques y selvas con fines especulativos, a efecto de aplicar las sanciones administrativas conducentes y dar vista al Ministerio Público Federal por la comisión de conductas constitutivas de delito; solicitándose un informe detallado y pormenorizado al respecto.
SUSCRIBEN
Sen. José Luis García Zalvidea
Sen. Rubén Fernando Velázquez López
Sen. Antonio Mejía Haro
Sen. Lázaro Mazón Alonso
No hay comentarios:
Publicar un comentario