miércoles, 23 de septiembre de 2009

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA Y ADICIONA EL ARTÍCULO 91 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS


Los suscritos, José Luis Máximo García Zalvidea, Rosalinda López Hernández, Rubén Velázquez López, Tomás Torres Mercado, Lázaro Mazón Alonso, Minerva Hernández Ramos, Carlos Sotelo García, Silvano Aureoles Conejo, Antonio Mejía Haro y Francisco Javier Castellón Fonseca, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXI Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos ante esta Soberanía la siguiente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA Y ADICIONA EL ARTÍCULO 91 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, de conformidad con la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Primera.- Un elemento continuo a lo largo de la historia ha sido la nula injerencia del poder civil y político en la institución militar propiamente tal, dejando a ésta siempre en un plano de exclusividad y de un fuero completamente distinto.
En estos años de consolidación democrática se han iniciado procesos incipientes de modernización en la institución castrense pero el debate sobre las fuerzas armadas es una asignatura pendiente. Avances los hay. Hoy tenemos una participación más activa de las mujeres en el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea. Por otro lado, se los cuerpos castrenses reciben formación en materia de derechos humanos.
En los últimos tiempos se comienza a hablar bastante de que el conocimiento de los temas de defensa no debe ser patrimonio exclusivo de los militares. Pero en la práctica se notan muchos vacíos.
Por muchos años los civiles se han desentendido de temas como el de la defensa y han considerado que los militares son los que tienen que decidir algunas políticas que, por su naturaleza, deben ser iniciativa de la autoridad civil; el instrumento son las fuerzas armadas, pero la política misma debe venir de la autoridad civil
Por ello, es encomiable propiciar un debate entre los actores políticos con los temas relacionados con la seguridad nacional, y por supuesto, con relación a las fuerzas armadas, estableciendo los intereses nacionales como prioridad.
Sin duda, la participación de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública es una preocupación constante, pero el debate debe ir más allá.
En este sentido, la iniciativa tiene tres propósitos fundamentales: primero, que la Secretaría de la Defensa integre al Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, como sucede en la mayoría de los países; segundo, establecer requisitos constitucionales para quien ocupe la titularidad de dicha dependencia, y entre ellos, la condición de que sea un civil, y tercero, que el nombramiento del Secretario de la Defensa sea ratificado por las dos terceras partes de los miembros del Senado de la República.

Segundo.- La profesionalización y la participación de civiles en los Ministerios de Defensa permite dos cuestiones importantes: se contribuye al afianzamiento del liderazgo civil en el sector de la defensa y, por la otra, consolida la gestión pública militar como parte de las políticas públicas que desarrolla el Ejecutivo Federal.
Lo anterior, es consecuencia de los debates sobre las relaciones cívico-militares que paralelamente evolucionaron tras la consolidación de los procesos democráticos en América Latina. Si en un primer momento hubo la preocupación por la intervención de los militares en la escena política en las incipientes democracias, en otro momento, y tras la consolidación de los regímenes políticosesa visión cambió al lograrse el control civil sobre las fuerzas armadas. Actualmente, desde fines de los años noventa, comenzó una fase signada por el estudio de la gestión de la defensa, de su administración y sus prácticas.
Estas prácticas en el ámbito gubernamental implican una demanda por una mayor racionalización de los recursos y del personal involucrado, de mayor eficiencia y eficacia en la gestión de gobierno. También se plantea, como otra exigencia para el manejo del sector, una mayor transparencia y rendición de cuentas en la administración de los recursos, por supuesto, en la medida de lo posible.

Tercera.- Las estructuras modernas de la defensa deben dar respuesta a los llamados ciclos anuales, el más importante de ellos es la discusión parlamentaria del Presupuesto; resolver los ciclos de vida de los sistemas de armas y elaborar político-estratégicas que desafían al sector. Desde otra perspectiva se puede señalar que Defensa debe formular políticas públicas; decidir estrategias y asignar recursos racionalmente.
De esta manera, la defensa comienza a ser administrada por lo que podríamos denominar una burocracia permanente, uno de cuyos capitales es la memoria institucional, y que debe contar con cierta capacidad de colaboración, diálogo y negociación con las otras secretarías o entidades públicas, tales como la Secretaría de Hacienda, la Procuraduría General de la República, las comisiones legislativas o la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Cuarta.- Se debe subrayar que uno de los agentes más activos en impulsar la presencia de civiles en los Ministerios de Defensa ha sido el gobierno de los EE.UU., desde la reunión de Williamsburg (1995).[1]
Colombia y Chile, como pocos países de la región, han desarrollado estos procesos para la incorporación de civiles en las estructuras de las fuerzas armadas. Por de pronto, en Chile desde 1990 prácticamente todos los Ministros y Subsecretarios de la cartera han sido civiles.[2] En Colombia, el Ministro de Defensa es actualmente un político que hizo prácticamente su carrera en la diplomacia.[3] En Brasil el titular del Ministerio de Defensa es un abogado quién tiempo atrás se desempeñó como presidente de la Corte Suprema de justicia de ese país.[4]
Se puede señalar que las corporaciones militares celosas de su autonomía resisten tanto la dirección de los políticos, como de los profesionales civiles en el ejercicio de la gestión ministerial. La gestión pública del sector, con sus exigencias de eficiencia y eficacia, de transparencia, constituyen un desafío para las instituciones de la defensa más tradicionalistas y menos profesionales.
Quinta.- En nuestro país, las Fuerzas Armadas han dado algunas señales positivas respecto a aceptar la colaboración de civiles en el sector. Por otro lado, en términos generales la colaboraciónentre civiles y militares en estos años ha sido fluida, sobre todo cuando se trata de enfrentar a la delincuencia organizada. Y hoy, ante los nuevos desafíos en materia de seguridad nacional los militares tienen que ver a los civiles como aliados y no como competidores.
Pero la implementación de una carrera civil en la cartera de Defensa también puede generar alguna renuencia entre otros actores, como en la dirigencia política: los progresos de la burocracia y de la gestión hacen perder peso específico a la autoridad política: como señaló hace mucho tiempo Max Weber, “la institución social de la burocracia implica la transferencia de poder desde el líder al experto”.

Respecto a la formación de funcionarios civiles se requiere una política especialmente diseñada, cuestión que por lo demás tampoco ocurre en el conjunto de la administración pública. Debe cambiar el hecho de que los egresados de los programas especiales sobre temas de defensa y conexos -estratégicos, de defensa o estudios internacionales- rara vez van a trabajar a los ministerios de defensa.

Finalmente, para amplios sectores de la izquierda el avance de la modernización en el sector defensa debiera ser una prioridad; tanto por los ingentes recursos que están involucrados en el área, como por lo clave de este proceso en la profundización de la democracia, la transparencia y la rendición de cuentas.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, nos permitimos someter a la consideración de esta Honorable Asamblea, el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO
Artículo Único.- Se por el que se reforma y adiciona el artículo 91de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 91.
A. Para ser Secretario del Despacho se requiere: ser ciudadano mexicano por nacimiento, estar en ejercicio de sus derechos y tener treinta años cumplidos.
B. Conforman a la Secretaría de la Defensa, el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea mexicanas.

Para ser Secretario de la Defensa se requiere: ser ciudadano mexicano por nacimiento; estar en ejercicio de sus derechos; tener treinta y cinco años cumplidos el día de designación; ser civil; gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso. El secretario podrá ser removido libremente por el Ejecutivo.

El Secretario de la Defensa será designado por el titular del Ejecutivo Federal con la ratificación de las dos terceras partes de los miembros de la Cámara de Senadores.

Transitorio
Primero.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.- Se fija un plazo máximo de un año, contado a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para que se expidan las adecuaciones legales relacionadas con esta reforma constitucional.

SUSCRIBEN
Sen. José Luis Máximo García Zalvidea
Sen. Rosalinda López Hernández
Sen. Rubén Velázquez López
Sen. Tomás Torres Mercado
Sen. Lázaro Mazón Alonso
Sen. Minerva Hernández Ramos
Sen. Silvano Aureoles Conejo
Sen. Carlos Sotelo García
Sen. Antonio Mejía Haro
Sen. Francisco Javier Castellón Fonseca

No hay comentarios:

Publicar un comentario