Los que suscriben, Senador José Luis Máximo García Zalvidea, Lázaro Mazón Alonso y Rubén Fernando Velázquez López, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la LX Legislatura del H. Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que nos confieren los artículos 67, numeral 1, inciso b, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta H. Asamblea, la siguiente Proposición con Punto de Acuerdo por el se exhorta al Titular del Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social a que intensifique los programas para conceder el benefició de la libertad anticipada a un mayor número de internos indígenas en los Centros Federales de Readaptación Social, de conformidad con los siguientes:
CONSIDERACIONES
Actualmente la administración en los Centros Federales de Readaptación Social se encuentra limitada para atender a la gran cantidad de internos que se encuentran confinados ante la seria situación de sobrepoblación que año con año ha continuado agravándose como lo muestran los propios informes de la Secretaría de Seguridad Pública.
Estos reportes señalan el aumento a noviembre de 2008 que registró más de 4 mil 205 internos en los Centros de Readaptación y el rebaso de la capacidad en los Centros Federales de Readaptación Social (Ceferesos) de 520 reclusos a mas de 836. Además, ante esta situación la CNDH y la propia SSP advierten que podría haber cada vez una menor posibilidad de concretar las disposiciones básicas de readaptación social establecida en la Constitución, incluso se tiene el reporte de que el 23 por ciento de los reos padecerán enfermedades crónico degenerativas.
Así mismo, se tiene conocimiento de que existe una gran población de indígenas que continúan en los centros por delitos menores en los que incluso ameritan fianza, desafortunadamente la situación precaria de esta población les imposibilita liquidar su adeudo. Pero lo más preocupante es que ante la enorme cantidad de internos y la confusión en la administración ocasionan que estas personas continúen internos a pesar de que algunos ya terminaron de purgar su pena.
El Estado de Guerrero por ejemplo, retenía a 2007 389 indígenas, en su mayoría, por delitos de baja cuantía o por no poder pagar la multa impuesta. Además en 2008 alrededor de 30 por ciento del total de los internos, se encuentran por delitos menores o por robos mínimos, pero mezclados con presos de alta peligrosidad.
Por estas circunstancias es obligatorio que se tomen medidas urgentes que obligue a los poderes de los tres órganos de gobierno a realizar una revisión integral de sus sistemas penitenciarios y de prisión preventiva.
Antes he señalado en otra proposición que:
Esta forma de reorganización puede ser una respuesta inmediata al hacinamiento provocado por un viejo sistema penitenciario, en su mayoría con una gran población recluida por delitos menores, como el robo por necesidad, porque no pueden pagar una defensa eficiente o porque no tienen dinero para cubrir la fianza. Los datos oficiales muestran, por ejemplo, que sólo 5% de los internos sentenciados por delitos patrimoniales habían robado montos superiores a los 75 mil pesos.
Un sistema que ha mantenido el Titular del Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social para disminuir este problema ha sido el Programa de Beneficios de Libertad en el que el 12 de Julio de 2009 logró un convenio de colaboración entre la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y la Secretaríade Seguridad Pública a fin de beneficiar a indígenas del fuero federal.
El pasado 26 de julio de 2009 en la ciudad de Puebla, el Gobernador Constitucional, Mario Marín Torres; el Secretario de Seguridad Pública del estado de Puebla, Ramón Martín Huerta y la Directora General de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, Xóchitl Gálvez Ruiz, entregaron 49 certificados de libertad anticipada: 8 del fuero federal y 41 del fuero común.
De la misma manera que el pasado Punto de Acuerdo quiero expresar que:
El propósito del presente punto de acuerdo no estriba en liberar indiscriminadamente a internos, sino reconociendo la necesidad de la compurgación de una condena y de la rehabilitación, busca asegurar la reinserción social a un mayor número de primo delincuentes cuya peligrosidad ha sido controlada y que por razones económicas o por factores sociales, ven impedido su derecho a la reinserción social.
Por lo anteriormente expuesto y fundado sometemos a la consideración del Pleno el siguiente:
PUNTO DE ACUERDO
ÚNICO.
La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo Federal para que a través del Titular del Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social intensifiquen los programas para conceder la libertad anticipada a un mayor número de internos indígenas que sean susceptibles para obtener el beneficio en los Centros Federales de Readaptación Social. SUSCRIBEN
SEN. JOSÉ LUIS MÁXIMO GARCÍA ZALVIDEA
SEN. LÁZARO MAZÓN ALONSO
SEN. RUBÉN FERNANDO VELÁZQUEZ LÓPEZ
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