lunes, 30 de marzo de 2009

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE.


Los suscritos, Rubén Fernando Velázquez López, Silvano Aureoles Conejo, José Luis García Zalvidea y Antonio Mejía Haro, Senadores del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la LX Legislatura del H. Senado de la República, en ejercicio de la facultad que nos confieren los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente: Iniciativa con proyecto de Decreto que adiciona la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de Gases de Efecto Invernadero, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos.

En diciembre de 2008, durante la reunión internacional de Poznan, Polonia, El titular del Ejecutivo Federal, Felipe Calderón, comprometió a México a disminuir en un cincuenta por ciento las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) para 2050. No obstante, y pese a lo noble que resulten estas intenciones, lo cierto es que en el país no se conoce a ciencia cierta cuál es el volumen de esas emisiones, ni se cuenta con herramientas adecuadas para hacer efectivo su dicho.

En este sentido y siendo México de los países con más emisiones GEI del mundo, resulta premioso dotarnos de mecanismos de instrumentación que permitan alcanzar el objetivo antes señalado, pues si bien es cierto que desde el ámbito privado se comienzan a impulsar programas destinados a reducir la emisión de GEI -tales como el programa GEI México, donde empresas miden y publican, de manera voluntaria, sus emisiones de gases de efecto invernadero, con base en una metodología que desarrollaron el World Resources Institute y el World Business Council for Sustainable Development y que ya emplean unas 1,000 compañías del mundo-, también lo es, el hecho de que el rol del gobierno en tales iniciativas, no ha sido ni por mucho el de protagonista.

En este contexto, es importante resaltar que sin estímulos u obligaciones impuestas por el gobierno, varias de las compañías que reportan GEI en México redujeron sus emisiones más de 30%, lo que pone en evidencia la posibilidad real de reducir de manera drástica la emisión de GEI por parte de la industria.

Asimismo y considerando que en diciembre de este año, en Copenhague, se comenzarán las negociaciones del protocolo que suplirá al de Kioto -que vence en 2012-, y que muy probablemente nuestro país adquirirá mayores obligaciones a las contraídas actualmente por virtud de aquel instrumento, incluyendo el reporte y reducción de emisiones de GEI; es innegable la necesidad de actualizar la normativa en la materia a efecto de poder, en un primer momento, cuantificar nuestro nivel de emisiones como país y posteriormente, establecer metas de reducción y aplicar herramientas modernas y racionalmente ecológicas.
En este sentido, la presente propuesta pretende ser un instrumento de recepción de los compromisos internacionales vigentes y venideros en materia de control, reducción de emisión de dichos agentes, estableciendo un programa permanente para la reducción y eliminación progresiva de emisiones de gases de efecto invernadero, el cual contendrá cuando menos, el inventario de emisiones en el ámbito nacional, las fuentes de emisión, los niveles de contaminación por aquellos gases, la metodología, los objetivos y mecanismos de instrumentación de las medidas control y remediación, y el cronograma para la reducción y eliminación de Gases de Efecto Invernadero.
Asimismo, proponemos que a partir de tal inventario de Emisiones, la secretaría certifique los procesos, productos y servicios que cumplan con los objetivos del programa, por lo que los responsables de la operación de fuentes fijas que emiten gases de efecto invernadero, estarán obligados a reportar semestralmente a la Secretaría sus niveles de emisión, demostrando entre cada informe una reducción de cuando menos dos por ciento respecto del reporte anterior.
Actualmente, México ocupa el lugar 14 en emisiones de gas efecto invernadero a nivel mundial, aportando el 1.5 por ciento de las emisiones globales, según cifras proporcionadas por el Investigador del Centro de Investigaciones en Ecosistemas (CIEco) de la UNAM, Omar Masera Cerutti.
Confiamos en que la aprobación de esta propuesta, junto con las normas administrativas que en consecuencia deberán ser implementadas, permitirán a México reducir de manera gradual y sostenida la emisión de tan perjudiciales gases.
Por lo anteriormente expuesto, y en ejercicio de las facultades otorgadas por los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta soberanía el siguiente: Proyecto de Decreto que reforma la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de Gases de Efecto Invernadero
ARTÍCULO ÚNICO. Se adiciona un párrafo al artículo 113 y se crean los artículos 113 bis, 113 bis 1, 113 bis 2, 113 bis 3 y 113 bis 4 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar como sigue:
CAPÍTULO IIPrevención y Control de la Contaminación de la Atmósfera
Artículo 113.- No deberán emitirse...
La Secretaría, en coordinación con las autoridades competentes de los gobiernos de los Estados, del Distrito Federal y de los Municipios establecerá un Programa Permanente para la reducción y eliminación progresiva de emisiones de gases de efecto invernadero.
Artículo 113 Bis. Los Gases de Efecto Invernadero a que se refiere esta ley, son enumerados en el anexo A, el anexo C y el anexoE del Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono, así como en el anexo A del Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el cambio climático; de conformidad con lo establecido en el texto de dichos instrumentos internacionales y las normas oficiales mexicanas relativas.
Artículo 113 Bis 1. El Programa Permanente para la reducción y eliminación progresiva de emisiones de gases de efecto invernadero, contendrá cuando menos, el inventario de emisiones en el ámbito nacional, las fuentes de emisión, los niveles de contaminación por aquellos gases, la metodología, los objetivos y mecanismos de instrumentación de las medidas control y remediación, y el cronograma para la reducción y eliminación de Gases de Efecto Invernadero.
Artículo 113 Bis 2. A partir del inventario de Emisiones señalado en el artículo anterior, la secretaría certificará los procesos, productos y servicios que cumplan con lo dispuesto en el presente capítulo.
Artículo 113 Bis 3. Los responsables de la operación de fuentes fijas que emiten gases de efecto invernadero, estarán obligados a reportar semestralmente a la Secretaría sus niveles de emisión, demostrando entre cada informe una reducción de emisiones de cuando menos dos por ciento respecto del inmediato anterior.
Para efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, la secretaría promoverá y apoyará técnicamente a los responsables de la operación de fuentes fijas de jurisdicción federal, en la implementación de tecnologías ecológicamente racionales que limiten o reduzcan las emisiones de los gases de efecto invernadero.
Artículo 113 Bis 4. No podrán otorgarse o mantenerse los estímulos fiscales señalados en el artículo 116, a los responsables de la operación de fuentes fijas que emiten gases de efecto invernadero, que no acrediten el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior.
Transitorio.
Primero.
El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Suscriben
Sen. José Luis García Zalvidea
Sen. Rubén Fernando Velázquez López
Sen. Silvano Aureoles Conejo
Sen. Antonio Mejía Haro

No hay comentarios:

Publicar un comentario